Ventas por catálogo no se salvan y pagarán impuestos

7 de Noviembre de 2024

Ventas por catálogo no se salvan y pagarán impuestos

Será la Secretaría de Hacienda la encargada de decidir de qué forma hará el cobro de ISR

La facultad de solicitar la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las vendedoras por catálogo se dejó en el régimen transitorio, por lo que la Secretaría de Hacienda decidirá la forma en que lo realizará, pero sólo a ventas mayores a los 300 mil pesos anuales.

Esto, pese a que se retiró del cuerpo normativo. Por lo tanto, las vendedoras de catálogos como de productos de belleza, herramientas de cocina, zapatos, y otras cosas, deberán pagar este tipo de impuesto.

Por eso la priista Vanessa Rubio, exsubsecretaria de Hacienda, reconoció que es incorrecto decir que se retiró la disposición para el cobro de impuestos a las ventas por catálogos.

Por su parte, la morenista Rocío Abreu aclaró que el compromiso de Hacienda es que se aplique sólo a las ventas por 300 mil pesos anuales, es decir, para quienes vendan 25 mil pesos al mes.

La dependencia había incluido en sus propuestas de reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta un esquema simplificado de retención, que consistía en determinar el ISR a pagar sobre la diferencia entre el precio de venta sugerido y el de compra.

Pero al tomar la decisión, los diputados se solidarizaron con quienes se dedican a esta profesión y retiraron del cuerpo normativo, aunque se dejó en el artículo transitorio.

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