Van senadoras por cambios a Ley Olimpia para ampliar castigos
La Comisión para la Igualdad de Género busca incluir en la Ley Olimpia el reconocimiento de la violencia digital y violencia mediática
La Comisión de Igualdad de Género en el Senado plantea reconocer la violencia digital y la violencia mediática como modalidades para castigar a agresores de mujeres bajo la Ley Olimpia.
Martha Lucía Micher, presidenta de esta comisión consideró que las modificaciones planteadas para esta ley son necesarias para no encasillarla únicamente al ámbito digital, sino que se extienda a los medios de comunicación, para que desde estos se fomente la erradicación de los estereotipos de género.
De esta forma se busca que el artículo 6 de la Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia refiera que la violencia digital puede ser considerada en actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, o difusión de contenido sexual sin consentimiento.
Asimismo, se contempla difusión de textos, fotografías y videos y datos personas u otras impresiones gráficas sonoras o cualquier acción que sea cometida a través de tecnologías de la información, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones o cualquier otro espacio digital.
La argumentación vertida desde la Comisión de Igualdad de Género indica que esta acción es imprescindible para proteger a las mujeres, pues se abre la puerta para tipificar el delito en el Código Penal Federal.
El ordenamiento señalaría que estará cometiendo un delito toda persona que cometa el delito de violación a la intimidad sexual, aquella que divulgue, comparta, distribuya y publique imágenes, videos y audios de contenido íntimo sexual de una persona mayor de 18 años, sin el consentimiento, aprobación o conocimiento de la víctima.
Sobre los medios de comunicación, se establece como violencia mediática toda publicación que promueva estereotipos sexistas, haga apología de violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción o difusión de discursos sexistas, entre otros supuestos. CJG
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