Tv Azteca será multada por emitir spots de AMLO en proceso electoral

23 de Noviembre de 2024

Tv Azteca será multada por emitir spots de AMLO en proceso electoral

OEA-VISITA-EL-TEPJF

SALTILLO, COAHUILA, 18OCTUBRE2020.- Después de cuatro meses de que se pospusieron las elecciones para elegir a diputados locales por la pandemia de Covid-19, hoy se llevó a cabo la jornada electoral bajo estrictas medidas sanitarias para evitar contagios. FOTO: ALEJANDRO RODRÍGUEZ/CUARTOSCURO.COM

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Alejandro Rodríguez/Alejandro Rodríguez

SALTILLO, COAHUILA, 18OCTUBRE2020.- Después de cuatro meses de que se pospusieron las elecciones para elegir a diputados locales por la pandemia de Covid-19, hoy se llevó a cabo la jornada electoral bajo estrictas medidas sanitarias para evitar contagios. FOTO: ALEJANDRO RODRÍGUEZ/CUARTOSCURO.COM
FOTO: ALEJANDRO RODRÍGUEZ/CUARTOSCURO.COM

La televisora transmitió 40 spots alusivos al segundo informe de AMLO durante el proceso electoral en Coahuila

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó la sanción contra Tv Azteca por transmitir 40 promocionales del segundo informe del presidente Andrés Manuel López Obrador durante el proceso electoral en Coahuila.

Magistradas y magistrados de la sala Superior consideraron que Televisión Azteca, al ser uno de los canales con cobertura en la entidad – a través de la emisora XHGDP-TDT-CANAL 14 – y ser parte de los medios que darían cobertura al proceso electoral no podía difundir información relacionada al segundo informe de labores del presidente.

Por ello, ratificó la sanción impuesta por la Sala Regional Especializada del TEPJF por un equivalente a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), sin embargo, eliminó las medidas de reparación integral.

https://twitter.com/TEPJF_informa/status/1341615919475400706?s=20

Estas medidas obligaban a Tv Azteca a publicar un extracto de la sentencia en su sitio oficial de internet, así como en sus redes sociales Facebook y Twitter.

Sin embargo, la televisora se inconformó y presentó un recurso de revisión, en el cual la Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que no se encontró justificante para ejercer esta medida de reparación integral.

En cambio, se consideró que por su diseño, las acciones restitutorias operan cuando se trata de violaciones a los derechos humanos, “sin que en el caso se advirtiera que con la implementación de estas medidas se subsanara una afectación de esa naturaleza.

Es por ello que invalidó las medidas de reparación integral y ordenó invalidarse esta parte de la sentencia impugnada. CJG

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https://www.ejecentral.com.mx/tepjf-valida-que-amlo-haga-declaraciones-de-indole-electoral/