Tribunal universitario o SEP decidirán sobre título de ministra

7 de Septiembre de 2024

Tribunal universitario o SEP decidirán sobre título de ministra

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La confirmación de plagio de la ministra Yasmín Esquivel implicaría una sanción por parte del Tribunal Universitario e incluso de la SEP

Luego de que la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón confirmó que la tesis de la ministra Yasmín Esquivel Mossa es una “copia sustancial”, será el Tribunal Universitario de la UNAM o la Secretaría de Educación Pública (SEP) las autoridades que determinen la sanción correspondiente a lo que la legislación universitaria advierte como “una falta grave contra la Universidad”.

Aunque en la opinión que ayer envío la oficina de la Abogacía General de la UNAM al rector Enrique Graue anticipó que “la UNAM carece de una norma jurídica que le permita expresamente retirar, cancelar o revocar, los títulos académicos que otorga”, la confirmación del plagio que hoy señala el Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón abre la posibilidad de sancionar la falta, incluso con la revocación del título de licenciatura.

De acuerdo con fuentes especializadas en el tema, una posible ruta adicional al análisis y resolución que eventualmente emita el Tribunal Universitario recae en la oficina de la propia Abogacía General la cual deberá solicitar a la SEP su opinión e incluso una resolución respecto a la posibilidad de revocarle o no el título de licenciatura a la ministra.

Lo anterior luego de que el abogado general señaló en su opinión al caso, previo a la conclusión de la FES, de que la autoridad facultada para cancelar el registro de los “títulos de los profesionistas condenados judicialmente a inhabilitación” corresponde a la Dirección General de Profesiones de la SEP, conforme a la legislación vigente.

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Y ante el argumento que anticipó la misma oficina de la Abogacía General respecto a que la ministra “ya no pertenece a la Universidad”, interpretaciones del Poder Judicial indican que “el incumplimiento de un requisito de un alumno únicamente se puede hacer valer cuando aquél conserva dicha calidad”, es decir que no se le pueden dejar de reconocer sus estudios cursados y su examen profesional una vez que dejo de ser alumno, lo cual resulta contradictorio ante el hecho de que en la legislación universitaria no se contempla la prescripción.

Un ejemplo claro fue el caso ocurrido hace siete años de una alumna de excelencia académica que estudiaba en la Facultad de Medicina, quien se hizo acreedora a una sanción ejemplar con la revocación de todos sus estudios hasta entonces cursados, incluyendo la presentación y acreditación de su examen de ingreso a nivel superior, luego de que se comprobó que había presentado un certificado de preparatorio apócrifo.

Sobre el caso concreto de Esquivel Mossa, el lunes pasado el Consejo Técnico de la Facultad de Derecho de la UNAM determinó, de manera unánime, imponer un procedimiento disciplinario sobre la actuación de la profesora Martha Rodríguez Ortiz, directora de la tesis profesional y sinodal de la ministra.

“La Comisión (de Ética) iniciará sus trabajos de inmediato y en los próximos días emitirá un dictamen que presentará al Pleno del Consejo Técnico, quien adoptará la resolución para definir la situación de dicha académica en esta Facultad”, advirtió el consejo técnico al reiterar que existe un “alto porcentaje de coincidencias” entre la tesis de la ministra y la del abogado Édgar Ulises Báez Gutiérrez.

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