Tribunal restituye temporalmente a Edmundo Jacobo en el INE
Un Tribunal federal en materia administrativa del Poder Judicial de la Federación ordenó esta mañana la restitución de Jacobo Molina como Secretario Ejecutivo del INE
Un Tribunal federal en materia administrativa del Poder Judicial de la Federación ordenó esta mañana la restitución de Edmundo Jacobo Molina como Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE).
El tribunal colegiado ordenó la medada en tanto una jueza resuelve el juicio de amparo que promovió el exfuncionario contra una parte del llamado “Plan B” de reforma a las leyes secundarias en materia electoral.
En la sesión extraordinaria de este jueves, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa determinó por unanimidad conceder una suspensión provisional a Edmundo Jacobo Molina.
El amparo le permite que no se aplique por el momento el artículo 17 transitorio del plan B electoral, que entró en vigor el pasado 2 de marzo.
Cabe recordar que al día siguiente se su entrada en vigor, el exsecretario promovió un amparo para permanecer al INE, tras casi una quincena de permanecer en el organismo autónomo.
El caso lo lleva Blanca Lobo, jueza Décimo Segunda de Distrito en Materia Administrativa, quien ya le había negado la suspensión provisional el lunes.
Ante la negativa, Jacobo Molina interpuso un recurso de queja ante el tribunal; el cual fue tomado por la magistrada Carolina Alcalá Valenzuela, quien propuso conceder la medida cautelar al exfuncionario.
No importa que ya haya alguien en el cargo
Esta magistrada argumentó que la ley impugnada establece que el Consejo General del INE tendrá que designar a un nuevo secretario ejecutivo para el periodo de mayo de 2023 al mismo mes de 2029; in embargo, el periodo coincide en parte con el lapso de tiempo para el que fue designado Jacobo Molina, quien asumió el cargo para el periodo de febrero de 2020 a febrero de 2026.
“Entonces se advierte en el proyecto que el periodo para el que fue ya nombrado (el exsecretario), estaría corriendo al mismo tiempo”, justificó.
Agregó que “esto podría ocasionar daños y perjuicios de difícil reparación, precisamente porque el nombramiento para el que fue designado seguiría su curso sin suspensión”.
La magistrada también aseguró que restituir al exfuncionario público no afectaría el Plan B porque estaría obligado a actuar conforme al marco legal vigente:
“No incide en la forma en que habrá de desempeñarse en esa función”, consideró la juzgadora.
Aseguró que si bien ya ocupa el cargo Roberto Cardiel Soto, su designación tiene un carácter temporal.
Por último, la jueza fijó como fecha el 10 de marzo a las 13:05 horas para que se realice la audiencia incidental en la que se determinará si concede la suspensión definitiva. De ser negativa para Jacobo Molina, no podrá ser restituido de manera definitiva y continuará otra persona en el cargo. DJ
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