Un spot de campaña podrá ser suspendido si utiliza imágenes de menores de edad como recurso para la propaganda política en el proceso electoral en marcha, determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Pese a que el Tribunal Electoral aprobó desde octubre una tesis en ese sentido, las autoridades electorales han permitido el uso de los menores, sin embargo de aplicarse habría casos de anuncios que deben ser retirados, pues violentan los derechos de los menores. El promocional del partido Movimiento Ciudadano (MC) en el que se ve a un niño vestido de huichol cantando el tema del partido. https://youtu.be/Ti2pA5JgrMI Mientras que otro anuncio, de la coalición Por México al Frente (PAN-PRD-MC), en que el precandidato presidencial Ricardo Anaya dio su mensaje navideño, y donde aparecen sus hijos y esposa en una fogata también incurriría en esta irregularidad. https://youtu.be/ht4haI_gzbQ La Sala Superior del TEPJF aprobó mediante una tesis el pasado 31 de octubre dichas medidas electorales: “Si en la propaganda política-electoral se recurre a imágenes de personas menores de edad como recurso propagandístico, las autoridades electorales deben implementar medidas encaminadas a la tutela de sus derechos, sin que resulte necesario probar que el acto o conducta genere un daño a los derechos de las personas menores de edad, en tanto que, para efectos de su protección, lejos de exigirse la acreditación de la afectación, basta que su derecho se coloque en una situación de riesgo”, señala la Tesis VIII/2017. En un comunicado, el Tribunal precisó que con esta tesis, “protege los derechos de las niñas, niños y adolescentes, dando prioridad a la protección del interés superior de los menores”. El Tribunal precisa que las medidas cautelares en contra de los anuncios será aplicables cuando se recurra a imágenes de menores “como recurso propagandístico” y se pongan en riesgo los derechos de las niñas, niños y adolescentes.