Tras resolución del TEPJF, Jesús Zambrano queda fuera del Senado

29 de Noviembre de 2024

Tras resolución del TEPJF, Jesús Zambrano queda fuera del Senado

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Foto: Twitter @Jesus_ZambranoG

El órgano jurisdiccional decidió ceder el curul de Juan Zepeda a su suplente Rogelio Israel Zamora

El ex presidente nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Jesús Zambrano, perdió su lugar en el Senado. A pesar de que en días pasados presentó un recurso de apelación ante Instituto Nacional Electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió ceder el curul de Juan Zepeda a su suplente Rogelio Israel Zamora. Los siete magistrados del TEPJF no aprobaron la impugnación de Zambrano, quien cuestionó la repartición de escaños plurinomales. Asimismo, el ex líder del PRD incluyó en su argumentación que en la primera posición de la lista plurinominal del Sol Azteca existía una sobrerrepresentación de mujeres.

Las magistradas y magistrados consideraron que, si bien es cierto que tanto la Constitución federal y la legislación electoral señalan que el registro de candidaturas debe efectuarse a través de fórmulas, ello no implica que estas deban considerarse de manera inseparable para todos los efectos”, refiere la resolución del TEPJF.

Al obtener su escaño por las dos vías, mayoría relativa y plurinominal, el escaño de Juan Zepeda debe ser ocupado por él. Sin embargo, la ley señala que si éste no puede acceder a él, su suplente, Rogelio Israel Zamora, ocupará su lugar.

La Sala señaló que en ningún momento se le otorga doble valor al voto, toda vez que no se está ante una duplicidad de cargos asignados para una misma candidatura, sino que, ante la imposibilidad del propietario de acceder al cargo, se otorga el escaño al suplente de la fórmula”, indicó el órgano.

El pasado martes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por el INE, que efectúo el cómputo total, declaró válida la elección de senadurías por el principio de representación proporcional y realizó la asignación correspondiente. Durante la sesión, el Pleno de la Sala Superior señaló que, para los efectos de asignación de escaños, la candidatura del suplente sigue siendo válida ante la ausencia del propietario y puede acceder al cargo. El acuerdo citado fue impugnado por el PRD, que argumentó que el Consejo General había interpretado incorrectamente la norma, otorgándole doble valor al voto, y que no fundamentó ni motivó adecuadamente su decisión. En ese sentido, el PRD indicó que, a su juicio, en el procedimiento de asignación y declaración de candidaturas electas sólo pueden participar fórmulas completas, integradas en todos los casos por un propietario y un suplente. A pesar de ello, la Sala Superior estimó que, ante la ausencia del propietario, el suplente tiene derecho a participar en la asignación. Con información de Proceso y Notimex