TEPJF revoca sanción contra Luis Donaldo Colosio Riojas
La Sala Regional Monterrey había emitido sentencias en las que señalaba que Luis Donaldo Colosio Riojas había incurrido en actos anticipados de campaña
Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó dos sentencias de la Sala Regional Monterrey en las que se determinaba que Luis Donaldo Colosio Riojas había incurrido en actos anticipados de campaña.
Esto debido a que no se acreditó que se llamara al voto o se buscara posicionar a quien posteriormente contendió por la alcaldía de Monterrey, a través de las publicaciones en Facebook que fueron denunciadas.
Las magistradas y los magistrados de la Sala Superior recordaron la necesidad de que en casos como estos se precise y justifique cuáles son las razones por las que se considera que las expresiones equivalen a un llamado al voto, a favor o en contra de una opción electoral.
En la valoración de los mensajes, determinaron, se debe considerar el sentido gramatical y, sobre todo, el contextual, para determinar que el mensaje busca ser una influencia, explícita o implícita, de tipo electoral.
La primera de las sentencias revocadas giró en torno a una denuncia por una publicación de Facebook del 30 de enero, en la que se publicó, y posteriormente se replicó en varias ocasiones, un video en el que Luis Donaldo Colosio Riojas señalaba, entre otras cosas.
En otro asunto, también se revocó una segunda sentencia, la cual tenía que ver con cinco imágenes publicadas los días 27 de febrero, 2 y 3 de marzo, acompañadas de mensajes como:
“No dejemos para mañana las acciones que debemos realizar hoy para conseguir el cambio que todos queremos” o “Visitamos la Colonia Torres Brisas, donde platicamos sobre las principales preocupaciones de los vecinos. Seguimos escuchando tu voz”.
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