El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inconstitucionales los requisitos que la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados propuso para quienes se postularan para ocupar un lugar en la consejería del Instituto Nacional Electoral (INE).
De acuerdo con los magistrados del Tribunal, los requisitos “ser mexicanos de nacimiento” y “no pertenecer al Servicio Profesional Electoral” fueron declarados inconstitucionales, pues limitan los derechos de quienes aspiran a integrar el INE.
Por ello, se solicitó dar aviso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno a la anulación de los requisitos previstos en el artículo 38, párrafo 1, incisos a -sobre el requisito de ser mexicano de nacimiento- y j, -sobre la no pertenencia al Servicio Profesional Electoral- de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Además, se solicita a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para que modifique la convocatoria y garantice así, el derecho de participación de todos los postulados.
La sentencia indica que “se modifica la convocatoria pública para el proceso de elección de Consejeras y Consejeros electorales del Consejo General del INE y al proceso para la integración del respectivo Comité Técnico de Evaluación en lo que concierne a los requisitos que han sido declarados inconstitucionales”.
En contraparte, el Tribunal validó que los diputados establecieran un mínimo de cinco años con un título profesional, con lo que se acreditará la profesionalización de los ciudadanos que deseen integrar el Consejo General del INE. CJG