Sin efecto, sanciones para cargos jerárquicos

20 de Diciembre de 2024

Sin efecto, sanciones para cargos jerárquicos

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Robles cometió una falta aislada, forma parte de los claroscuros del titular de una institución: IMCO

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Bet-biraí Nieto Morales

Engorrosa y casi inefectiva es la interposición de una queja por la violación del Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal de un servidor público, por ejemplo del titular de alguna dependencia gubernamental, y será más difícil cuando el funcionario ocupa el cargo superior jerárquico y signó el Código de Ética que rige su conducta al interior de la dependencia que dirige.

Esto es lo que sucede en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, al frente de Rosario Robles Berlanga, quien el lunes 13 de marzo se tomó un descanso antes de comenzar su jornada laboral, al ingresar en la tienda Hermès del centro comercial Perisur, lo que representa una falta administrativa al violar no sólo el Código de Ética federal, sino el de la institución que dirige.

Ricardo Corona, director Jurídico del instituto Mexicano de Competencia (IMCO), asegura que la de Robes Berlanga fue una falta aislada que forma parte de los “claroscuros del titular de una institución que se toma unos minutos para ir a tomar un café, por ejemplo. Las ausencias en horario laboral de estos servidores públicos son difíciles de justificar, dadas las tareas que la ocupan afuera de la dependencia”.

Y explica: “Técnicamente lo que se tiene que hacer es levantar un acta administrativa, (con fundamento) en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la decisión del titular de esta dependencia quedaría sujeto a su discreción (…) al ser el titular esto se complica y si queda en manos del comité es difícil que prospere”, pues quien determina el ejercicio de una sanción es el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, cuyo miembro propietario permanente es el Oficial Mayor, “figura cercana al titular de la dependencia”.

Aunque el Código de Ética de la Sedatu, elaborado por Robles Berlanga, no estima ningún tipo de sanción, empero menciona en el apartado“ Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública”, en su primer inciso, que la actuación pública de los trabajadores debe ser “con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad sin ostentación, con una clara orientación al interés público”.

En el contexto de México, las sanciones hacia un servidor público son notorias y cobran fuerza con la exhibición, en redes sociales, de fotografías e imágenes de personajes captados en situaciones que demuestran su falta de servicio público, por lo que “una foto es más eficaz que una denuncia administrativa”, concluye Ricardo Corona.

¿sabías que? El Comité de Ética de la Sedatu tiene como miembro propietario permanente al Oficial Mayor, “figura cercana al titular de la dependencia”.