SHCP y Banxico flexibilizan normas de liquidez para bancos

28 de Noviembre de 2024

SHCP y Banxico flexibilizan normas de liquidez para bancos

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El logo del Banco central de México

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Foto: Cuartoscuro

Foto: Especial

La aplicación de excepciones en estas reglas estarán vigentes por seis meses y su plazo podrá extenderse hasta por seis meses más

En sesión del Comité de Regulación de Liquidez Bancaria, presidida por el secretario de Hacienda, Arturo Herrera, se aprobaron pautas que permitirán establecer excepciones en materia de liquidez aplicadas a la banca.

Así, entre las disposiciones aprobadas se encuentra que los activos que hasta el mes de marzo eran considerados como activos líquidos para el cumplimiento del Coeficiente de Cobertura de Liquidez (CCL) pudieran dejar de ser elegibles ante su descenso en sus precios de mercado.

En este sentido, la exclusión sería aplicada a que las instituciones puedan registrar como activos líquidos, aquellos que hayan sido elegibles en esta categoría el 28 de febrero, es decir, antes de que los mercados resintieran los primeros estragos del Covid-19.

Asimismo, el comité acordó incluir la información del mes de marzo para realizar un cálculo de las reservas de liquidez que las instituciones bancarias deberían tener para poder afrontar llamadas de margen o modificaciones en la valuación del portafolio de operaciones.

Por otro lado, se decidió introducir excepciones temporales a algunas medidas correctivas señaladas en las Disposiciones de liquidez, esto a fin de no establecer una carga adicional, n restringir algunas operaciones de las instituciones a través de la aplicación de medidas correctivas obligatorias.

Igualmente, se considera una clasificación extraordinaria de las instituciones en escenarios de acuerdo con sus niveles de CCL, así como la consideración de no incumplimiento al CLL para instituciones cuando estas se clasifiquen en los escenarios III, IV o V, referidos en las disposiciones.

De acuerdo con el Comité estas excepciones solo estará vigentes por un periodo de seis meses a partir del 28 de febrero y podrán extenderse, con acuerdo del Banco de México y la Comisión nacional Bancaria, por un plazo de hasta seis meses más.

En tanto, las autoridades se mantendrán pendientes y podrán realizar ajustes en caso de que sea necesario.

Estas excepciones, indica el comité, permitirán mantener el flujo de crédito que requieren las empresas, hogares y otros segmentos de intermediación financiera, mantener condiciones de liquidez adecuadas y mantener operaciones adecuados en mercados cambiarios de renta fija.

Además, permitirán que los intermediarios puedan administrar adecuadamente sus riesgos de mercado y crédito, y mantener un buen funcionamiento de los sistemas de pagos.