La Secretaría de la Función Pública (SFP) informó que acatará en todos sus términos la recomendación emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por acoso sexual y hostigamiento laboral en contra seis mujeres, por un trabajador del INER.
En un comunicado, la dependencia federal informó que desde el 18 de julio inició un procedimiento administrativo disciplinario en contra del servidor público denunciado, en atención a la Recomendación 37/2017de la CNDH.
Agregó que la audiencia de ley tuvo lugar el pasado 8 de agosto.
Detalló que a partir de información publicada el año pasado en medios de comunicación y, se instruyó al Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias “Ismael Cosío Villegas” (INER) iniciar una nueva investigación por los hechos; por lo que desde el 2 de diciembre de 2016 se abrió el expediente correspondiente.
En función de lo anterior, el Órgano Interno de Control recabó las declaraciones testimoniales, pruebas documentales y dictámenes psicológicos necesarios para acreditar la posible afectación de las víctimas.
La recomendación 37/2017 refiere violaciones a los derechos humanos a una vida libre de violencia, a la legalidad y seguridad jurídica y al acceso a la justicia en sede administrativa. Se trata de la queja de las mujeres que manifestaron haber recibido acoso sexual y hostigamiento laboral por quien fuera su superior jerárquico. Tras ser víctimas de este acoso, las mujeres denunciaron el hecho ante la dirección general del INER, pero no les hicieron caso; peor aún, las víctimas fueron denunciadas penalmente por el servidor público al que habían acusado de este acoso. Así, el 26 de mayo de 2015 la CNDH recibió el escrito de queja de cinco trabajadoras y una ex trabajadora del citado Instituto, quienes señalaron haber denunciado ante la Dirección General ser víctimas de “violencia laboral, discriminación por género, hostigamiento y acoso sexual, manipulación psicológica, amenazas y abuso de autoridad”. Aseguraron que servidores de la dirección general cometieron conductas de abuso de poder, prepotentes y arbitrarias que afectaron su dignidad, autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad laboral y no se les dio respuesta a sus escritos. Tras su investigación, la CNDH acreditó que las autoridades del INER valoraron como un asunto meramente laboral lo señalado por las seis mujeres, y únicamente exhortaron al servidor público a que tratara de manera respetuosa al personal. De esta forma, el organismo recomendó la reparación integral de los daños ocasionados a las agraviadas mediante medidas de rehabilitación, satisfacción y de no repetición, en términos de la Ley General de Víctimas. La reparación debe contemplar brindarles atención psicológica previo consentimiento informado, inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas a cargo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y la emisión de una disculpa escrita por el INER. También se recomienda al Instituto impartir a su personal cursos sobre los derechos humanos que los órdenes jurídicos nacional e internacional reconocen a las mujeres para vivir una vida libre de violencia.