Van por inconstitucionalidad de 'superdelegados'

18 de Diciembre de 2024

Van por inconstitucionalidad de ‘superdelegados’

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CIUDAD DE MÉXICO, 18DICIEMBRE2018.- Los senadores Rafael Moreno Valle y Dante Delgado, durante la sesión en el pleno del Senado de la República. FOTO: ISAAC ESQUIVEL /CUARTOSCURO.COM

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Isaac Esquivel

Foto: Isaac Esquivel/Cuartoscuro

Los legisladores del PRI, PAN, PRD y MC dijeron que con las acciones se busca salvaguardar los principios federalistas y de equilibrio entre los Poderes de la República

Senadores del PAN, PRI, PRD y MC, y el independiente Emilio Álvarez Icaza, presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dos acciones de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Uno de los recursos es contra las figuras de las comisiones presidenciales y el segundo contra los “superdelegados”. Este documento fue firmado por los coordinadores parlamentarios, el priista Miguel Ángel Osorio Chong, el panista Rafael Moreno Valle, Dante Delgado de MC, del PRD, Miguel Ángel Mancera y Álvarez Icaza, además de los integrantes de cada bancada. Con las acciones se busca salvaguardar los principios federalistas y de equilibrio entre los Poderes de la República, y que se respete en su más amplio sentido el pacto federal y la división de poderes, dijo el poblano Moreno Valle mediante un comunicado. Los senadores señalan que viola los principios de seguridad jurídica y de legalidad, al no contar con parámetros ni atribuciones concretas de funcionamiento y situarse por encima de la propia Constitución. “El decreto mencionado viola los artículos 21 y 102 constitucionales, en lo que se dispone claramente quiénes son las autoridades facultades para perseguir ilícitos penales”, señala. Además, indica que los “superdelegados” rompen con el sistema político federal y contravienen los principios de división de poderes. “La figura de los superdelegados crea un estado generalizado de incertidumbre, en perjuicio de los principios de legalidad y seguridad jurídica, que contraviene la prohibición constitucional de crear órganos intermedios entre los niveles de gobierno, contemplada en los artículos 40 y 136 de nuestra constitución, trastoca el principio de jerarquía de la administración pública y rompe con el principio de horizontalidad que debe operar entre funcionarios”. MAAZ