Senado promueve penalización de terapias de reorientación sexual

21 de Diciembre de 2024

Senado promueve penalización de terapias de reorientación sexual

La reforma plantea hasta seis años de prisión a quien lo practique y los padres podrían ser amonestados

Hasta seis años en prisión podrían pasar los médicos que realicen terapias de reorientación sexual, mientras que a los padres que fomenten estas conductas serán amonestados.

Hoy el Senado de la República aprobó la reforma al Código Penal federal y a la Ley General de Salud para imponer sanciones penales, que oscilan de dos a seis años de prisión, a quien practique las terapias de orientación sexual, mejor conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig).

A los técnicos o auxiliares, se les aplicarán las mismas penas, además de ser suspendidos en el ejercicio profesional hasta por tres años. En caso de reincidencia, se les cancelaría el registro de la cédula profesional respectiva.

El dictamen puesto a consideración del Pleno obtuvo 69 votos a favor, 2 en contra y 16 abstenciones.

La propuesta adiciona el capítulo 9 denominado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.

También se ha considerado la aplicación de multas que oscilarán desde los mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a las personas que realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

La pena aplica podría aumentar al doble cuando estas conductas se realicen en contra de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años o personas adultas con discapacidad.

A los padres o tutores que incurran en estas prácticas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento, según considere un juez.
“Para determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad de la víctima, se plantea que se soliciten los dictámenes necesarios para conocer su afectación. En caso de incumplimiento a la presente disposición por parte del Ministerio Público, este será sancionado en los términos del presente Código y de la legislación aplicable”, se detalla.

Ricardo Monreal, coordinador de la bancada de Morena, defendió que existen argumentos legales y científicos que demuestran que las terapias de conversión vulneran los derechos humanos de las personas por su orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género en que se encuentran.

“Es el momento en que las y los legisladores otorguemos a las personas que conforman la comunidad LGBTIQ+ el andamiaje jurídico adecuado, que les permita hacer realidad un reclamo justo y necesario, para que estén en condiciones de entender y comprender la realidad en la que se desenvuelven, ya que no buscan redefinir su orientación sexual, sino darle un reconocimiento y sentido”.

El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para su revisión.

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