SCJN ordena dejar de aplicar disposiciones que vulneren DDHH

13 de Noviembre de 2024

SCJN ordena dejar de aplicar disposiciones que vulneren DDHH

CIUDAD DE MÉXICO. 28NOVIEMBRE2019.- El magistrado Sergio Javier Molina Martínez fue electo por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como consejero de la Judicatura Federal.Ocupará el cargo de Consejero del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para el periodo 2019-2024. Hoy se eligió al magistrado durante la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.FOTO: VICTORIA VALTIERRA / CUARTOSCURO.COM

CIUDAD DE MÉXICO. 28NOVIEMBRE2019.- El magistrado Sergio Javier Molina Martínez fue electo por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como consejero de la Judicatura Federal. Ocupará el cargo de Consejero del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para el periodo 2019-2024. Hoy se eligió al magistrado durante la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. FOTO: VICTORIA VALTIERRA / CUARTOSCURO.COM

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Victoria Valtierra/Victoria Valtierra

Foto: Cuartoscuro

El Pleno determinó que los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación “pueden hacer el control ex officio de constitucionalidad”

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó ordenar a todos los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación dejar de aplicar cualquier disposición que vulnere los derechos humanos.

Por mayoría de nueve votos el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández fue aprobado.

El Pleno determinó que los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, cuando actúan en amparo directo e indirecto, “pueden hacer el control ex officio de constitucionalidad”; sobre todas las normas sujetas a su conocimiento: tanto de las disposiciones que regulan el juicio de amparo, como de las normas aplicadas en el acto reclamado.

De esta forma, la Suprema Corte abandonó el criterio según el cual los tribunales colegiados únicamente estaban facultados para ejercer control ex officio respecto de: la Ley de Amparo; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y; el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Antecedentes

La SCJN señaló que el artículo 1º de la Constitución “obliga a todas las autoridades jurisdiccionales a dejar de aplicar cualquier disposición que vulnere los derechos humanos”; la diferencia es que ahora los órganos del Poder Judicial de la Federación no son la excepción.

Indicaron que el ejercicio de esta competencia es compatible con la seguridad jurídica pues no interfiere con el funcionamiento de instituciones “como la preclusión o la cosa juzgada”.

Además, respeta el régimen federal y la distribución de competencias entre los órganos jurisdiccionales; y se limita a la inaplicación de normas generales sin generar efectos hacia el futuro.

“La Corte precisó que los órganos de amparo deberán publicar los proyectos de resolución que propongan realizar un control ex officio; para que las personas justiciables tengan conocimiento previo a la sesión correspondiente; en los términos del segundo párrafo del artículo 73 de la Ley de Amparo”, se lee en comunicado.

El Ministro Presidente, Arturo Zaldívar destacó que esta decisión es un paso decisivo en la protección integral de los derechos fundamentales en México. DJ