SCJN invalida el registro público de agresores sexuales en la CDMX
Por considerar que estigmatiza a los victimarios, la SCJN puso freno al Registro Público de Agresores Sexuales en la CDMX
Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio marcha atrás al Registro Público de Agresores Sexuales (RPAS), en su carácter punitivo y público, en la Ciudad de México.
La decisión de la SCJN se dio después de las impugnaciones presentadas por las comisiones nacional y local de derechos humanos, respecto a las modificaciones aprobadas por el Congreso de la Ciudad de México a las leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal.
En este sentido, Norma Lucía Piña Hernández, presidenta de la SCJN, consideró que la inscripción al RPAS viola el derecho de reinserción social, estigmatiza y genera una doble pena a las personas sentenciadas por los delitos de feminicidio, violación, abuso y acoso sexual.
La presidenta del máximo tribunal indicó que este mecanismo genera un “juicio de valor negativo a las personas que fueron declaradas penalmente responsables: son marcados como agresores sexuales”.
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En contraparte, durante su participación en el pleno de la SCJN, Arturo Zaldívar consideró que el RPAS es constitucionalmente válido, debido a que no castiga por segunda ocasión a los agresores sexuales, sino que previene y salvaguarda la integridad y los derechos de las víctimas.
“A mí me parece que la medida es constitucionalmente válida, es adecuada, legítima”, indicó Zaldívar, quien junto a Yasmín Esquivel, votaron a favor de la validez del RPAS.
Al final la propia presidenta de la SCJN consideró viable el RPAS como una política pública para la protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes, pues afirmó que se trata de un mecanismo de gran utilidad en la investigación de delitos sexuales e identificación de los agresores.
Actualmente el RPAS, creado en 2020, cuenta con los perfiles de 400 personas sentenciadas por delitos de índole sexual; sin embargo, tras los votos de ocho ministros de la Corte, se invalidó el registro a esta herramienta a los victimarios por considerarse inconstitucional. EJ
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