Al considerar que se trata de una restricción que atenta “desproporcionadamente contra la libertad de trabajo”, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional la norma de la Ley Federal de Austeridad Republicana que prohíbe a exfuncionarios durante 10 años trabajar en empresas que vigilaron o regularon estando en el gobierno.
“El proyecto está concluyendo que la norma es inconstitucional, porque el grado de afectación que en el caso sufre el derecho al trabajo, no es proporcional a la importancia de realizar el fin perseguido (combatir la corrupción), ya que éste puede lograrse sin afectar con tanta intensidad la libertad de trabajo, dedicarse al sector privado donde pudieron haber tenido algún cargo por un periodo de 10 años”, sostuvo la ministra ponente Norma Lucía Piña Hernández.
Durante la sesión de hoy en el que el alto tribunal del país inició la discusión de las impugnaciones a la ley propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador a fin de regular las medidas de austeridad encaminadas a observar el ejercicio del gasto público federal, la mayoría de los ministros calificaron como “injustificable”, “sobreinclusiva” y finalmente “desproporcionada a la libertad de trabajo e industria prevista en el artículo 5 de la Constitución Federal”.
No obstante, que en el proyecto de la ministra Piña Hernández se reconoció que la finalidad de la prohibición de 10 años resulta legítima, pues buscar evitar conflictos de interés y eliminar la posibilidad de que un exfuncionario o a su vez una empresa tengan ventajas derivado del acceso a la información privilegiada a la que se supone habrían tenido acceso los exservidores.
En la discusión del pleno se determinó también por unanimidad que a lo largo del proceso legislativo que dio origen a dicha ley no se cometieron violaciones “trascendentes”, ya que el Congreso de la Unión sí contaba con las facultades necesarias para legislar en materia austeridad y gasto público federal y, particularmente para reglamentar los principios que lo rigen desde una perspectiva de austeridad.
También reconocieron la validez de los artículos que señalan que la aplicación de la Ley de Austeridad no implica una invasión a la autonomía y la independencia de los Poderes Legislativo y Judicial ni de los órganos autónomos, debido a la consideración de que las facultades legislativas y fiscalizadoras en cuestión no inciden en el ámbito de gestión presupuestaria autónoma que les reconoce la Constitución a esos poderes y entidades públicas, ni causa un impacto en sus funciones substantivas.
PUEDES LEER:
SCJN debatirá prohibición para que exfuncionarios trabajen en la IP