SCJN desestima controversia de la Cofece contra la LIE

18 de Octubre de 2024

SCJN desestima controversia de la Cofece contra la LIE

Promo_580_Discusión de la Corte de LIE

Este martes el pleno de la Suprema Corte hará el recuento de votos con los que se desestimó la acción de inconstitucionalidad del pasado 7 de abril

Sin una discusión a fondo, no obstante, se advierten posibles artículos inconstitucionales, y con una minoría de seis votos, sostenida principalmente con el voto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que propició un cambio en el sentido del voto de más de un ministro incluyendo al de la ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como sobreseída la controversia constitucional promovida por la Comisión de Competencia Económica (Cofece) en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Al retomar el análisis de la controversia constitucional 44/2021, en la que la Cofece acusa la posible invasión a sus facultades legales en cuanto al control de la libre concurrencia en el mercado de la energía eléctrica, entre otros artículos que, desde su perspectiva, limitan la competencia en el sector, el pleno de la SCJN dejó pasar el análisis a fondo de los artículos de la LIE que la Comisión considera que atentan con el régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad.

La postura del ministro Pardo Rebolledo, a la cual se sumaron la mayoría de los integrantes del pleno al punto de que la ministra ponente decidió cambiar el sentido de su proyecto y declarar como sobreseído el asunto, se basó en que la única afectación a las competencias de la Cofece es en lo “abstracto al principio de competencia económica bajo el argumento de que viene a defender el principio de competencia económica en las actividades de generación y comercialización de la energía eléctrica, desnaturalizaría el objeto del presente medio de control constitucional”.

Pero eso no fue todo lo que ocurrió este lunes en el máximo tribunal. Antes, los ministros tardaron en iniciar el Pleno en vivo porque estaban atendiendo el oficio de senadores de la República, que exigieron se revisaran los votos de la primera discusión llevada a cabo el 7 de abril pasado en la que se desestimó la acción de inconstitucionalidad en contra de la LIE, pues de acuerdo con las transcripciones de la sesión se aprecia que al menos dos preceptos de la ley habrían alcanzado ocho votos, y con ello ser declarada su invalidez.

En privado, los integrantes de la Corte revisaron su voto, y en este caso tanto Juan Luis González Alcántara Carrancá como Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena definieron que no se alcanzaran ese número de votos. Sin embargo, será hasta mañana martes, cuando el pleno vote la controversia de inconstitucionalidad inconstitucionalidad 64/2021 para hacer pequeños ajustes, documento que enviarán en respuesta a los senadores.