SCJN declara inconstitucional el programa “Mochila Segura”

30 de Diciembre de 2024

SCJN declara inconstitucional el programa “Mochila Segura”

Mochila_Segura_3

CIUDAD DE MÉXICO., 19ENERO2017.- La Secretaria de Seguridad Publica de la CDMX, dio marcha al operativo, mochila segura, con la finalidad de evitar una tragedia como la que se registró el día de ayer en un colegio de la ciudad de Monterrey. En dicho operativo encabezado por el secretario Hiram Almeida, en la que se revisó que no porten ningún tipo de armas los alumnos. FOTO: LUIS CARBAYO/CUARTOSCURO.COM

/

LUIS CARBAYO/CUARTOSCURO.COM

CIUDAD DE MÉXICO., 19ENERO2017.- La Secretaria de Seguridad Publica de la CDMX, dio marcha al operativo, mochila segura, con la finalidad de evitar una tragedia como la que se registró el día de ayer en un colegio de la ciudad de Monterrey. En dicho operativo encabezado por el secretario Hiram Almeida, en la que se revisó que no porten ningún tipo de armas los alumnos. FOTO: LUIS CARBAYO/CUARTOSCURO.COM
FOTO: LUIS CARBAYO/CUARTOSCURO.COM

La Corte otorgó un amparo a dos padres de familia y sus hijos, con lo que sus pertenencias no podrán ser sujetas a revisión sin su consentimiento libre e informado

El programa ‘Mochila Segura’, el cual es implementado para controlar el ingreso a escuelas de sustancias nocivas o armas de fuego, fue declarado inconstitucional por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por mayoría de votos, ministras y ministros determinaron conceder un amparo a padres de familia y a sus hijos menores de edad, para evitar que puedan ser parte de la revisión de sus pertenecías sin ser sujetos a consentimiento expreso, libre e informado.

Consideraron que el programa “Mochila Segura”, así como otros programas similares, se ejecuta sin sustentos legales y no cuenta con reglas claras ni formales.

https://twitter.com/SCJN/status/1357104059954696197?s=20

El proyecto fue realizado por el ministro Jorge Pardo Rebolledo, quien además refirió que estos programas trasgreden los derechos a la privacidad e intimidad de los educandos.

Apuntó que la intervención y modulación de derechos y garantías respecto a estos programas, sólo podrá llevarse a cabo a partir de una ley, que al no existir, vulnera el derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica.

La Corte resolvió que con este fallo no se impiden las intervenciones o revisiones las escuelas cuando se haya cometido algún delito o esté por cometerse, pues ello coloca a la comunidad escolar en un riesgo o peligro inminente. CJG

ES DE INTERÉS |

Los cuatro grandes retos para la educación 2021

Política energética atenta contra competencia por beneficiar a CFE: SCJN

PRI amaga con acudir a la SCJN por reforma a Industria Eléctrica