Corte frena decreto que blindaba obras de AMLO
La SCJN concedió la suspensión solicitada por el INAI, y ordenó que, de manera inmediata, se deje sin efectos el acuerdo que declara de interés público y seguridad nacional las obras de la 4T
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un freno al decreto emitido por el presidente Andrés Manuel López Obrador para declarar de interés público y seguridad nacional las obras prioritarias de su administración.
La Corte concedió la suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) por lo que, de manera inmediata, se deje sin efectos el acuerdo emitido por el Presidente de México.
Al interponer la controversia constitucional, el INAI alegó que el Ejecutivo federal no tiene atribuciones para catalogar las obras prioritarias como de interés público o de seguridad nacional, ya que no cumple con los parámetros establecidos en la ley de la materia.
Además, el organismo señaló que este acuerdo vulnera el derecho a la información.
“Jamás un derecho fundamental puede ser limitado, interrumpido o aplazado salvo por norma constitucional o norma superior y, en caso dado de reserva de ley, por una ley correspondiente”, indicó el comisionado Francisco Javier Acuña.
En el documento entregado a la Corte, el INAI argumenta que catalogar las obras como “de seguridad nacional”, es acto que va más allá de su inconstitucionalidad, y que “provoca indudablemente inseguridad, incertidumbre e impredictibilidad jurídica”.
Sin embargo, las y los comisionados del INAI aseguraron que no pretenden que se suspendan las obras de infraestructura de la llamada Cuarta Transformación, pues consideran que se trata de asuntos de la mayor relevancia nacional.
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