SCJN da la razón al INAI; no invadió funciones de la CNDH
La disputa entre la CNDH y el INAI llegó a su fin: la SCJN determinó que el instituto cumplió con sus obligaciones constitucionales al solicitar información referente a violaciones de derechos humanos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló en favor del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para que pueda solicitar información cuando considere que están en riesgo garantías individuales y se vulneren los derechos humanos.
Esto en respuesta a la disputa entre el INAI y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por negarse esta última a entregar información referente al hallazgo de fosas clandestinas en San Fernando, Tamaulipas, en el año 2010.
Ante la solicitud de información del INAI, la CNDH presentó una controversia constitucional por considerar que “se atribuyó incorrectamente competencias” relacionadas con violaciones a los derechos humanos.
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Sin embargo, la Primera Sala de la SCJN consideró que ante la negativa de la CNDH de otorgar información al respecto, el INAI tiene facultades para “conocer el recurso de revisión interpuesto en contra de esa determinación y revisar si ésta fue correcta o no, quedando dentro de sus facultades el establecer que la carpeta solicitada contenía información relacionada con violaciones graves a los derechos humanos con el objeto de dar acceso a su contenido”.
La batalla legal entre la CNDH y el INAI llegó a manos de la SCJN, donde el ministro Jorge Pardo Rebolledo presentó la propuesta en la que se dio la razón al instituto, al considerar que si bien la investigación de violaciones a los derechos humanos corresponde a la comisión; tampoco se impide que el INAI cumpla con sus obligaciones constitucionales de acceso a la información y transparencia.
De esta manera, la Corte resolvió que la solicitud de información del INAI no representó una invasión de facultades de la CNDH y que actuó dentro del marco constitucional de sus atribuciones.
La SCJN enfaticó en que pretender que la CNDH sea la única instancia federal capaz de pronunciarse ante hechos que constituyan violaciones a los derechos humanos y que solo ante tal decisión pueda darse acceso a la información, “implicaría trasladar la obligación constitucional del INAI de determinar la existencia o no de esas violaciones”. EJ
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