SCJN avala tarifas impuestas por el IFT a América Móvil
La Segunda Sala de la Corte aseveró que el Instituto Federal de Telecomunicaciones cuenta con la facultad de establecer estos costos de interconexión
Las tarifas de interconexión que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) impuso a América Móvil fueron avaladas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia que reconoció la legalidad de las mismas.
Fue la Segunda Sala de la Corte la que refirió que, en 2018, el IFT sentó las “condiciones técnicas mínimas para la interconexión entre concesionarios que operan redes públicas de telecomunicaciones y determinó las tarifas”.
La SCJN señaló que reconoce la validez de los costos referidos y reconoció la autonomía del IFT, el cual está facultado para “imponer medidas asimétricas en tarifas e infraestructuras de red en el mercado”, lo cual está estipulado en el artículo 28 de la Constitución.
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Además, se reconoció la labor en la “regulación, promoción y supervisión” de todo lo relativo a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
Todas las facultades y labores del IFT, añadió la Segunda Sala, tienen como objeto ir en contra de “las barreras a la competencia y la libre concurrencia”. GA
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