La SCJN avaló este martes proteger los datos personales y de vida privada de los funcionarios cuando presenten su declaración 3de3, esto al aprobar las reformas a las leyes generales de Responsabilidades Administrativas y del Sistema Nacional Anticorrupción. Dicho proyecto fue presentado por el ministro José Ramón Cossío fue avalado por la mayoría, en el que se menciona que no toda la información personal de los servidores debe ser pública. La mayoría de los ministros coincidieron que el derecho a la información pública no es un derecho irrestricto, sino que es valido limitarlo de manera temporal bajo los casos señalados en el artículo sexto constitucional. Mientras que el ministro presidente, Luis María Aguilar, criticó el artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades deje en manos del Comité Coordinador a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, la decisión de cuáles son los datos pueden quedar bajo resguardo. Para el ministro presidente es el legislador federal el que debe fijar los parámetros y no otro órgano. Y es que el artículo 29 establece que las declaraciones 3de3 serán pública, salgo los rubros, cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución. Por ello, el Comité Coordinador emitirá los formatos respectivos, garantizados que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes. La SCJN analizó el tema por el recurso de impugnación presentado por diputados federales del PAN, PRD y Movimiento Ciudadano al argumentar que el secreto transgrede los principios de transparencia y combate a la corrupción. Sin embargo, los ministros declararon constitucionales los artículos 34 y 38 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el párrafo tercero del artículo tercero de la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción.