Samuel García gana dos batallas en el TEPJF
Las y los magistrados consideraron que Samuel García no violentó a su contrincante, la abanderada de Morena, Clara Luz Flores
Samuel García y su partido Movimiento Ciudadano obtuvieron la revocación parcial y total de dos sentencias en su contra. La primera por presunta violencia política de género y la segunda por la aparición de menores de edad en publicaciones de Facebook del entonces candidato a gobernador.
En el primer caso correspondiente al expediente SUP-REP-278/2021 se revocó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya que las y los magistrados consideraron que Samuel García no violentó a su contrincante de ese momento, la abanderada de Morena, Clara Luz Flores.
En el debate, los magistrados señalaron que con sus dichos, el entonces candidato de Movimiento Ciudadano no vulneró ni subordinó la imagen y trayectoria política de Flores a la de su esposo.
La sentencia que obligaba al emecista a tomar cursos de género y a pagar una multa, sin embargo el asunto fue impugnado tanto por Morena como por Movimiento Ciudadano. El partido pardo quería agravar la sanción y hacer que García perdiera el carácter de elegibilidad, lo que evitaría que tomara el poder. Mientras que el partido naranja pidió una revalorización de los dichos del entonces candidato.
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La determinación que la Sala Superior tomó fue echar abajo la sentencia y señalar que García no cometió violencia política en razón de género.
Por otra parte, en el asunto SUP-JE-136/2021, Movimiento Ciudadano impugnó la sentencia que le había interpuesto el Tribunal Electoral de Nuevo León por la participación de menores de edad en anuncios de Facebook durante la campaña de Samuel García.
El argumento del partido naranja es que la multa económica que se le fincó era la misma que se le impuso a otro actor político cuya conducta fue dolosa, así, el proyecto propuesto ante la Sala Superior propuso revocar parcialmente la sentencia.
Las y los magistrados avalaron el proyecto y ordenaron al Tribunal de Nuevo León reindividualizar la sentencia “atendiendo a su grado de participación en la infracción correspondiente”.
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