Salud celebra revocación de la suspensión al etiquetado frontal
El pasado 28 de enero, empresarios de diferentes cámaras informaron que presentaron sendos amparos contra el nuevo etiquetado para alimentos y bebidas
El Tribunal Colegiado de Circuito XXI del Poder Judicial de la Federación, revocó la suspensión provisional promovida por la Concamin para el etiquetado frontal de alimentos establecido en la NOM051 de la Ley General de Salud.
Así lo anunció Hugo López-Gatell Ramírez, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud en rueda de prensa. Expuso que es una buena noticia que se le informó hoy por la tarde en cuanto a la revocación por
unanimidad.
Especificó que al momento no se tiene ningún otro tipo de recursos legales, por lo que en breve se podría publicar la nueva norma en el Diario Oficial de la Federación.
El pasado 28 de enero, los empresarios de diferentes cámaras informaron que presentaron sendos amparos contra la nueva Norma Oficial Mexicana 051, sobre el etiquetado para alimentos y bebidas. En su momento,
argumentaron que traerían a la industria pérdidas por más de 6 mil millones de pesos.
De la noticia, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud aseguró que los altos niveles de obesidad en el país y en el mundo, están relacionados con los productos con alto valor calórico y bajo valor nutricional, pues no alimentan lo suficiente.
“Estas enfermedades crónicas, en conjunto, son la causa de más de la mitad de las muertes que ocurren en México, todos los años, que son más de 600 mil. La mitad, 300 mil, número grueso, están relacionadas con una mala
alimentación y algunos componentes de los alimentos, que son particularmente inadecuados”, señaló.
El funcionario federal comentó que ahora se ordena la publicación expedita de la norma y esto será para el bien de la salud pública. Además de que es para el bien de la protección del bien superior de la infancia y del derecho a la información.
Recordó que la mayoría de los legisladores del Congreso de la Unión aprobó la reforma a la Ley General de Salud, para establecer la obligación del Estado Mexicano de tener etiquetado y agregar las advertencia; se modificó
la NOM 051 que hace las especificaciones de este etiquetado de advertencia.
López-Gatell Ramírez dijo que lo que sigue es que cuando salga la sentencia del tribunal, se publicará. Una vez publicada, hay un tiempo razonable para que los productores de alimentos preenvasados y bebidas no alcohólicas
puedan tener este tipo de etiquetados.