¿Repliegue? ¿Disparos la aire? Estas son las novedades en el manual sobre uso de la fuerza policial

18 de Octubre de 2024

¿Repliegue? ¿Disparos la aire? Estas son las novedades en el manual sobre uso de la fuerza policial

manual sobre uso de la fuerza policial

FORTIN, Ver.- En el municipio de Fortín de las Flores fue aprobado por Cabildo se inicie el plan se seguridad Bando Único Policial, este miercoles tomó el control de la vigilancia de la localidad, la Secretaría de Seguridad Pública y será asistida por fuerzas federales. FOTOJAROCHA.COM/Sofía Dorantes Chávez

FORTIN, Ver.- En el municipio de Fortín de las Flores fue aprobado por Cabildo se inicie el plan se seguridad Bando Único Policial, este miercoles tomó el control de la vigilancia de la localidad, la Secretaría de Seguridad Pública y será asistida por fuerzas federales. FOTOJAROCHA.COM/Sofía Dorantes Chávez

El nuevo protocolo autoriza el repliegue táctico, prohibe disparos con fines disuasivos y aconseja no esposar a los detenidos de maneras que obstruyan la respiración

Este miércoles entró en vigor la actualización del Protocolo de actuación para el uso de la fuerza por parte de los integrantes del Servicio de Protección Federal, instrumento que incluye nuevas instrucciones para favorecer la disuasión por encima de la agresión, proteger los derechos humanos y, por primera vez, autoriza el recurso del repliegue táctico.

“En caso de que los integrantes detecten en el previo análisis para el uso de la fuerza, amenazas de superioridad numérica y/o potencia de fuego que atenten contra su vida y que no sea posible alcanzar el objetivo, podrán realizar un repliegue táctico”, señala la guía, que está dirigida a elementos de las instituciones policiales de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

El manual, que sustituye a la edición emitida en diciembre de 2016, aclara que el repliegue táctico “jamás será considerado como omisión de funciones, si no como un medio alternativo en toda intervención policial”.

Los elementos del Servicio de Protección Federal (SPF) son los encargados de garantizar la seguridad y protección de personas, bienes, valores e inmuebles federales, así como instalaciones estratégicas y empresas.

El documento aclara que un repliegue táctico se podrá realizar con el fin de “realizar todas aquellas medidas que estén al alcance para una posible resolución, ya sea por solicitud de apoyo, salvar la vida de terceras personas, replantear las técnicas y tácticas para la intervención, reorganización de los integrantes y recabar información de la situación”.

Dentro de las novedades que incluyen el nuevo protocolo del SPF que entrará en vigor este miércoles, se encuentra el Modelo Dinámico del Uso de la Fuerza, incluido en el artículo décimo séptimo en el que se establece que la institución proporcionará capacitación y adiestramiento a sus integrantes en el uso de la fuerza de manera permanente y continua conforme a las directrices de dicho modelo.

A diferencia de la edición previa, el protocolo actual prohibe disparos al aire para disuadir a presuntos agresores a manifestantes, exige una puntual rendición de cuentas sobre los motivos para emplear armas de fuego, sanciona colocar las esposas de tal forma que restrinjan la respiración y rechaza el uso de la fuerza contra una persona que no opone resistencia.

El nuevo protocolo incorpora conceptos como “absoluta necesidad” y se refiere a “cuando el uso de la fuerza sea estrictamente necesario y en la medida que requiera el desempeño de las funciones de los Integrantes para preservar y garantizar la seguridad propia, de personas y bienes, así como evitar la perturbación del orden público y para restablecerlo”.

La versión actualizada también incorporar el “uso de la fuerza con medios menos letales”, es decir, “el empleo de armas menos contundentes u otros objetos análogos que no causen daño físico severo, permanente o la muerte, ante una resistencia activa que no ha podido hacerse cesar a través de medios de presencia, persuasión o disuasión verbal y/o control de espacio en forma que se eviten o reduzcan al mínimo los daños a las personas o sus bienes”.

De igual manera, el nuevo protocolo es enfático en prohibir el uso de la fuerza contra personas que se han rendido. “Los integrantes del Servicio Federal de Protección tienen prohibido persistir en el uso de la fuerza a través de medios físicos contra una persona que no opone resistencia o no representa algún riesgo”, señala.

¿A qué se le puede considerar uso indebido de la fuerza?

De acuerdo con el Protocolo de actuación para el uso de la fuerza por parte de los integrantes del Servicio de Protección Federal, las fuerzas federales tienen prohibido:

—Usar la fuerza con fines punitivos o de venganza.

—Infligir, instigar o tolerar algún acto de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

—Controlar a una persona con la aplicación de tácticas o técnicas que restrinjan la respiración o la irrigación de sangre al cerebro.

—Accionar un arma de fuego desde o hacia vehículos en movimiento, excepto en aquellos casos en que, de no hacerlo, resulte evidente y notorio que la Autoridad o terceros resulten gravemente afectados y no hay otra alternativa para evitarlo.

—Accionar un arma de fuego a través de ventanas, puertas, paredes y otras barreras físicas, hacia un objetivo que no esté plenamente identificado.

—Accionar un arma de fuego cuando ello implique poner en riesgo previsible e inminente la vida o integridad física de terceros.

—Accionar un arma de fuego para controlar a personas que solamente se encuentran causando daños a objetos materiales, salvo que los daños representen actos de terrorismo o afectación de servicios públicos vitales o indispensables para la continuidad de las actividades primarias del Estado, y no hacerlo represente una amenaza o agresión inminente contra la vida de las personas.

—Accionar un arma de fuego contra personas cuyas acciones únicamente puedan producir lesiones o daños a sí mismas.

—Persistir en el uso de la fuerza a través de medios físicos contra una persona que no opone resistencia o no representa algún riesgo.

—Emplear de manera excesiva y desproporcional las armas intermedias.

—Accionar un arma de fuego con fines disuasivos o de advertencia.