Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) ya no será el único vendedor de turbosina en el país, pues perdió legalmente la exclusividad. Ante la derogación del artículo noveno transitorio del Reglamento de la Ley de Aeropuertos que establecía a ASA como el único prestador de servicios de almacenamiento, distribución y suministro de este combustible a los transportistas y operadores aéreos, según lo publicado este jueves por el Diario Oficial de la Federación (DOF). Por lo que se da paso a las empresas privadas a también ofrecer legalmente dichos servicios. Debido a la entrada en vigor de la Ley de Hidrocarburos, que se publicó en el Diario el 11 de agosto de 2014, y que dispone la apertura para que cualquier interesado realice esta actividad, sujeto a permisos de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). La derogación del noveno transitorio fue ejecutada para dar claridad y seguridad jurídica a cualquier interesado en participar en la prestación del servicio complementario del suministro de combustibles en los aeropuertos de México, y a los usuarios del mismo.