Este martes la Secretaría de Economía (SE) publicó la actualización de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE) en la que se prohíbe la comercialización de cigarros electrónicos y vapeadores en el país.
Esta modificación a la ley ocurre luego de que el pasado 31 de mayo, Día Mundial sin Tabaco, el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto para prohibir su circulación y comercialización.
“Cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos o electrónicos similares, incluyendo aquellos novedosos y emergentes que utilicen tabaco calentado o Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Similares sin Nicotina (SSSN), Sistemas Alternativos de Consumo de nicotina (SACN) y similares” quedan prohibidos para efectos de importación y exportación.
En palabras del subsecretario de prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell, “la gran mentira es que los nuevos productos, vapeadores y cigarros electrónicos son menos dañinos”, y basados en esa propaganda, la industria tabacalera ha desarrollado nuevas alternativas para no ver disminuidas sus ganancias.
“Hoy presentan una propaganda que indica que lo que hace daño es quemar tabaco, pero es falso, también los vapores son dañinos para la salud”, destacó el funcionario.
Es preciso señalar que el decreto presidencial va en contra de lo referido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien calificó como inconstitucional cualquier prohibición a productos similares al tabaco.
Por lo anterior, se espera que la actualización a la LIGIE provoque una serie de amparos en relación a la comercialización de cigarros electrónicos, toda vez que la medida no entrará en vigor de manera inmediata, sino hasta que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) corrobore que la nueva norma y los sistemas utilizados en operaciones de comercio exterior estén en sintonía. EJ
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