Publican en el DOF la Ley Federal de Revocación de Mandato

15 de Enero de 2025

Publican en el DOF la Ley Federal de Revocación de Mandato

CIUDAD DE MÉXICO, 15OCTUBRE2019.- Con 90 votos a favor y 22 en contra se aprueban los artículos no reservados del dictamen de reformas constitucionales en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato.FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM

CIUDAD DE MÉXICO, 15OCTUBRE2019.- Luego de que se aprobará en lo general y particularlos artículos no reservados del dictamen de reformas constitucionales en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, el grupo parlamentario del PAN colocaron una manta en protesta por la votación. FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM

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Andrea Murcia/Andrea Murcia

CIUDAD DE MÉXICO, 15OCTUBRE2019.- Luego de que se aprobará en lo general y particularlos artículos no reservados del dictamen de reformas constitucionales en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, el grupo parlamentario del PAN colocaron una manta en protesta por la votación. FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM
Foto: Cuartoscuro

La nueva Ley entrará en vigor este miércoles 15 de septiembre, un día después de ser publicado en el Diario Oficial de la Federación

Este marte fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Quince días después de su aprobación en el Congreso de la Unión, la Ley entrará en vigor este miércoles 15 de septiembre.

La Ley indica que el proceso de revocación de mandato es un instrumento de participación solicitado por la ciudadanía.

Tiene como objetivo determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República; a partir de la pérdida de la confianza.

Para validar la procedencia del ejercicio se deberá reunir al menos, al tres por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores.

Siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el 3% de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

Asimismo, mandata al Instituto Nacional Electoral (INE) la responsabilidad de la organización, desarrollo y cómputo de la votación de los procesos de revocación de mandato; así como de llevar a cabo la promoción del voto, garantizando la observancia de los principios de certeza, legalidad, independencia e imparcialidad. DJ