SCJN busca repetir: va por invalidez de segunda parte de Plan B

28 de Noviembre de 2024

SCJN busca repetir: va por invalidez de segunda parte de Plan B

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CIUDAD DE MÉXICO, 08MAYO2023.- Por mayoría de 9 votos de sus 11 integrantes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) –Tribunal Constitucional de México– determinó la invalidez del primer decreto de las reformas político-electorales aprobadas por el Congreso de la Unión en diciembre de 2022, impugnado por los partidos políticos de la Revolución Democrática, Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano, así como por el Partido Político del estado de Jalisco denominado Hagamos e integrantes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión. Del análisis sobre la constitucionalidad del procedimiento legislativo correspondiente, las 9 ministras y ministros que votaron a favor del proyecto presentado por el ponente, ministro Alberto Pérez Dayán, coincidieron en que el Congreso de la Unión trasgredió los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM

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Suprema Corte de Justicia de la Nación

Foto: Cuartoscuro

El ministro Javier Laynez Potisek propone declarar la invalidez del segundo paquete de reformas que conforman el Plan B electoral de AMLO

A seis semanas de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sepultó una primera parte de reformas que forman parte del Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador, el tribunal pleno dio a conocer el proyecto que se propone para la discusión de las modificaciones restantes, con un mismo destino que las primeras: su invalidez.

En la ocasión anterior se planteó que los legisladores incurrieron en violaciones a los procedimientos legislativos al aprobar las primeras dos reglamentaciones de seis que conforman el Plan B electoral, tratándose de la Ley de comunicación Social y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Ahora las leyes que estarán a discusión son la Ley General de Instituciones y procedimientos electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación.

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Esta vez, la ponencia está a cargo del ministro Javier Laynez Potisek quien resolverá las acciones de inconstitucionalidad 75/2023, 89/2023, 90/2023, 91/2023, 92/2023 y 93/2023, planteando la misma resolución que usó el ministro Alberto Pérez dayán para la primera parte del Plan B electoral.

Esto significa que se alude a la ocurrencia de múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo, que en sí mismas son suficientes para invalidar la totalidad de un decreto sin que para ello sea necesario entrar a la discusión de fondo.

Sin embargo, al igual que en la ocasión anterior, el presidente López Obrador aún puede proponer una reforma similar y, de ser aprobada, con los debidos cuidados legislativos, podría entrar en vigor y de nueva cuenta ser impugnada. Aunque cayera de nueva cuenta en la Suprema Corte, en esta ocasión los ministros se detendrían ahora sí al estudio de fondo de las normas modificadas.

Foto: Cuartoscuro

Para este proyecto se consideró que todas las violaciones acreditadas al analizar la primera parte de este paquete de reformas se actualizan en este segundo caso, pues ambos decretos compartieron el mismo proceso legislativo.

De tal manera que se expone nuevamente que la Cámara de Diputados no expuso razones para dar trámite urgente a las reformas, que los legisladores no contaron con el tiempo suficiente para conocer de las iniciativas al no haber sido distribuido con tiempo de anticipación.

Aunado a ello, que al tratarse de cambios a más de 500 artículos no se dio tiempo a los legisladores para conocer todas ellas, y que el dictamen fue presentado a las 23:04 horas de la noche y aprobado en sólo cuatro horas.

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No obstante, se advirtió que ahora se cuentan con nuevos estudios de violaciones al proceso legislativo, como lo es que el que la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria fue modificada cuando la discusión ya estaba en curso en el Pleno de la Cámara de Diputados.

Y a ello se suma el hecho de que la modificación a un artículo ya había sido aprobada por ambas cámaras, y aún así se sometió de nueva cuenta a discusión. Lo cual, está impedido por la misma Constitución.

Esta segunda parte del Plan B electoral llegó a la SCJN a través de la acción de inconstitucionalidad que promovieron los partidos de oposición, estos son, Movimiento Ciudadano, el PRD, PRI, PAN y el mismo Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

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