Presidencia va contra Janine Otálora por violar principio de imparcialidad

20 de Septiembre de 2024

Presidencia va contra Janine Otálora por violar principio de imparcialidad

CIUDAD DE MÉXICO, 03ABRIL2018.- Janine Madeline Otálora Malassis, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y Lorenzo Córdova Vianello, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, firmaron un convenio de colaboración entre ambas instituciones. FOTO: ISAAC ESQUIVEL /CUARTOSCURO.COM

CIUDAD DE MÉXICO, 03ABRIL2018.- Janine Madeline Otálora Malassis, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y Lorenzo Córdova Vianello, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, firmaron un convenio de colaboración entre ambas instituciones. FOTO: ISAAC ESQUIVEL /CUARTOSCURO.COM

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Isaac Esquivel Monroy

CIUDAD DE MÉXICO, 03ABRIL2018.- Janine Madeline Otálora Malassis, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y Lorenzo Córdova Vianello, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, firmaron un convenio de colaboración entre ambas instituciones. FOTO: ISAAC ESQUIVEL /CUARTOSCURO.COM

La consejería de Presidencia asegura que la magistrada violó la Constitución al no cumplir con el principio de imparcialidad en el caso de Edmundo Jacobo, exsecretario Ejecutivo del INE

La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) informó que actuará de manera legal contra), Janine Madeline Otálora Malassis, magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La consejería de Presidencia asegura que la magistrada violó la Constitución al no cumplir con el principio de imparcialidad en el caso de Edmundo Jacobo, exsecretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE).

Es decir, es señalada de haber opinado sobre el caso Jacobo Molina, sin escuchar los argumentos del caso presentado por este para ser restituido en el cargo que ocupó casi 15 años.

FOTO: MISAEL VALTIERRA / CUARTOSCURO.COM

A través de un comunicado, la consejería dijo que presentó un incidente de impedimento en contra de la magistrada, al pronunciarse anticipadamente a favor de la demanda del exsecretario ejecutivo del INE.

Explicó que la magistrada no escuchó previamente a todas las partes involucradas en el juicio y actuó sin que exista un proyecto de resolución sometido a consideración del Pleno de la Sala Superior; tal como lo indican los artículos 17 y 18 de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Artículo 146

La dependencia también afirmó que Otálora Malassis violentó el Reglamento Interno del TEPJF, que en su artículo 146 refiere:

El personal del Tribunal Electoral por ningún motivo podrá sustraer físicamente, por medios electrónicos o por cualquier otro medio, los expedientes de los medios de impugnación de las instalaciones del Tribunal Electoral.

El artículo precisa que se puede, “salvo que existiera causa justificada para ello, respetando en todo momento el deber de confidencialidad a que obliguen la ley o este Reglamento”.

“Tampoco podrá hacer del conocimiento de las partes o de cualquier otra persona el sentido de algún proyecto antes de que se resuelva el asunto respectivo. El Pleno de la Sala, cuando lo estime conveniente, podrá acordar la publicidad de algún proyecto de sentencia”, dice el artículo 146.

https://www.ejecentral.com.mx/mi-destitucion-afecta-la-operacion-del-ine-edmundo-jacobo-molina/

La consejería argumentó que la ley establece que no se podrá entregar a persona ajena al Tribunal Electoral los proyectos de autos, acuerdos o sentencias previa resolución de los mismos.

Así como que, por ningún motivo, podrán sustraerse de las instalaciones del Tribunal Electoral los expedientes de carácter administrativo; salvo en los casos que exista una instrucción expresa, por escrito, de la persona titular de la unidad de adscripción.

Con la filtración de su postura anticipada, también contraviene el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación (PJF), que en su CAPÍTULO II IMPARCIALIDAD establece que un magistrado debe “… juzgar con ausencia absoluta de designio anticipado o de prevención a favor o en contra de alguno de los justiciables”.

Se espera que la Sala Superior actúe apegada a derecho y ordene a la magistrada abstenerse de intervenir en el trámite y resolución del juicio promovido por el exsecretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina.

¿Quién es Edmundo Jacobo Molina?

Jacobo Molina fue un servidor público que estuvo en el INE 30 años. El presidente López Obrador dijo que entró al organismo era parte del grupo de José Woldenberg, exconsejero del INE.

“Estuvo 30 años en el organismo, es del grupo de Woldenberg, imagínense en cuántos fraudes ha participado”, señaló el presidente durante su conferencia matutina.

Aseguró que esos grupos se crearon “durante el periodo neoliberal, que robó y saqueó” y también sirvió “al régimen para legitimar sus fechorías y para eso les pagan y muy bien”.

Empero, fue la entrada en vigor de la segunda parte del Plan B de la Reforma Electoral que se determinó el cese del Secretario Ejecutivo del INE, cargo que ocupó 14 años continuos.

FOTO: DIEGO SIMÓN SÁNCHEZ /CUARTOSCURO.COM

El originario de Hermosillo, Sonora, también se ha desempeñado como Secretario General de la UAM Azcapotzalco, donde fundó la revista El Cotidiano, de la División de Ciencias Sociales y Humanidades

La llamada mano derecha del Consejero Lorenzo Córdova es licenciado en Filosofía por la Universidad de Guanajuato. Fue profesor en la Universidad Autónoma de Baja California y la UAM.

Cuando aun existía el IFE, Jacobo Molina comenzó sus funciones en el organismo electoral en junio de 2008; pero el 6 de febrero de 2020, dos meses antes de cumplir el plazo para finalizar sus funciones, Molina fue reelecto por seis años más a propuesta de Córdova.

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