Presenta INAI acción de inconstitucionalidad por PANAUT

27 de Octubre de 2024

Presenta INAI acción de inconstitucionalidad por PANAUT

MÉXICO, D.F., 24AGOSTO2010.- Telefonica México y Telcel firmaron un acuerdo de intercambio de información para evitar la reutilización de teléfonos celulares robados.FOTO: GUILLERMO PEREA/CUARTOSCURO.COM

MÉXICO, D.F., 24AGOSTO2010.- Telefonica México y Telcel firmaron un acuerdo de intercambio de información para evitar la reutilización de teléfonos celulares robados. FOTO: GUILLERMO PEREA/CUARTOSCURO.COM

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Guillermo Perea/Guillermo Perea

MÉXICO, D.F., 24AGOSTO2010.- Telefonica México y Telcel firmaron un acuerdo de intercambio de información para evitar la reutilización de teléfonos celulares robados. FOTO: GUILLERMO PEREA/CUARTOSCURO.COM
FOTO: CUARTOSCURO

El INAI presentó una acción de inconstitucionalidad contra el PANAUT, al considerar que transgrede el derecho a la protección de datos personales

Por considerar que el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) transgrede el derecho a la protección de datos personales, privacidad, seguridad jurídica y la presunción de inocencia, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) promovió una acción de inconstitucionalidad.

En la solicitud que presentó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el INAI apunta que de acuerdo con el Instituto Federal de Telecomunicaciones hasta diciembre de 2019 en México había 122 millones de usuarios de servicios de telefonía.

Estos usuarios, señaló, verán afectados sus derechos a la privacidad como consecuencia de la reforma a Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que obliga a entregar datos personales y datos personales sensibles.

Apunta que estos datos serán entregados bajo un sistema que no establece garantías mínimas que le aseguren que “su esfera más íntima” estará debidamente resguardada.

“Permitir que la reforma surta efectos y que, por tanto, los aproximadamente 122 millones de usuarios de telefonía móvil, entreguen sus datos personales a particulares y al Instituto Federal de Telecomunicaciones, es una violación que no tiene forma de reparación”, señala el documento publicado por el INAI.

Entre los conceptos de invalidez en contra del PANAUT identificados por el INAI, se encuentra la vulneración al derecho a la privacidad, el cual, señala, es respaldado por la Constitución y tratados internacionales.

Este, apunta, implica el derecho a la intimidad, que es “el poder de decisión sobre la publicidad o información de datos relativos a su persona”.

Lee también: INAI asegura que el Padrón de Telefonía es inconstitucional

También, dentro de la acción de inconstitucionalidad al PANAUT promovida por el INAI, se alude al derecho a la protección de datos personales. Entendido como un medio de salvaguarda de otros derechos previstos en la constitución y tratados internacionales.

Se señala el derecho a la identidad, entendido como u conjunto de elementos que construyen la individualidad de una persona. En este caso, también encuentra representado en la Constitución y cuenta con reconocimiento internacional.

Y, por último, se alude a los derechos de la niñez e interés superior del menor, pues de acuerdo con el IFT, en 2019 cerca de una quinta parte de niños de entre 8 y 12 años tenían un teléfono celular; mientras que en el grupo de 12 a 17 años, el 87.8 por ciento son usuarios activos de internet. CJG

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