Pide CJEF revocar suspensión de la SCJN a ley del Plan B
La Consejería Jurídica afirmó que al otorgar la suspensión contra una ley del Plan B electoral, el ministro Pérez Dayán viola la Constitución
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal impugnó y pidió que se revoque la suspensión otorgada por el ministro Alberto Pérez Dayán contra la aplicación de la reforma a la Ley General de Comunicación Social – que forma parte del Plan B electoral – en los comicios de este año en el estado de México y Coahuila.
Aunque la Consejería Jurídica había advertido que presentaría esta impugnación, fue hasta este domingo que se informó que se presentó el recurso señalando que con la suspensión otorgada por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) viola la Constitución.
La norma suspendida es la Ley General de Comunicación Social, la cual forma parte del primer paquete de reformas del Plan B electoral, y con la cual se limita el gasto de gobierno locales para propaganda gubernamental en un 0.1%.
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Y es como parte de las impugnaciones presentadas por la oposición al Plan B, que el ministro Alberto Pérez Dayán otorgó la suspensión contra la Ley General de Comunicación Social para su aplicación en los comicios este año.
La Consejería indicó que las normas que son expedidas por el Congreso de la Unión solo pueden invalidarse con el voto de ocho ministros, mientras que está proscrito suspender sus efectos.
Citó la tesis segunda XXXII/2005 que señala “Suspensión en controversias constitucionales. La prohibición de otorgarla respecto de normas generales incluye los artículos transitorios y sus efectos”.
Foto: Cuartoscuro
De acuerdo con la Consejería Jurídica, el ministro Pérez Dayán no puede alejarse de las reglas especificadas que establecen las leyes al tramitar las impugnaciones, y reprochó que no se haya motivado y fundado su decisión, pues desde su perspectiva no hay hechos o indicios que demuestren la posible existencia de alguna afectación irreparable para el sistema democrático o derechos fundamentales implicados.
“Conforme a os criterios de la propia SCJN, las medidas cautelares de esta naturaleza solo pueden otorgarse, en todo caso, respecto de actos eminentes e inmediatos, pero nunca con relación a actos futuros e incierto”, indicó en un comunicado.
Además de solicitar que los ministros de la Suprema Corte actúen dentro de sus atribuciones, se señala que la suspensión otorgada contra la Ley General de Comunicación Social “afecta de manera grave” una de las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano como lo es la división de poderes, pues no se cuenta con la facultad para anular un valor constitucional superior. CJG
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