Chile en el dilema constitucional

26 de Noviembre de 2024

Luis M Cruz
Luis M Cruz

Chile en el dilema constitucional

1.

Caso difícil el de reformar una Constitución. Si atendemos a Ferdinand Lassalle (¿qué es una Constitución?), una Constitución es el resultado de un equilibrio o acuerdo entre las fuerzas reales de una nación, sea por consenso o por sometimiento. Es decir, una Constitución puede provenir de las buenas ideas y prácticas en un momento dado, pero ello no necesariamente garantizará su persistencia. Esto se logrará si es aceptada por una mayoría fundamental. En todo caso, muchos son los aspectos que requieren conciliarse si de darle aceptación, vigencia y estabilidad se trata. Es por ello que las Constituciones buscando ser perfectas no suelen serlo, porque frecuentemente involucran pactos y evolucionan conforme lo hacen el mundo y las sociedades.

2.

Chile ha vivido un proceso de cambio constitucional profundo cuyo resultado parece desconcertante, al ser rechazado en referéndum el proyecto presentado a los ciudadanos, quienes con alta participación –siendo obligatorio el voto, lo ejerció 80% de los electores— votaron en contra 62% y a favor sólo 38 por ciento. Ello significa en lo inmediato que la Constitución chilena de 1980, reformada en el plebiscito de 1989, seguirá vigente. En lo esencial, el resultado refleja la falta de acuerdo nacional para sustituir una Constitución que no siendo perfecta, le ha dado a Chile estabilidad y desarrollo notables desde el fin de la dictadura de Augusto Pinochet. Cabe señalar también que la actual Constitución chilena, habiendo sido promulgada por la dictadura, fue reformada en 1989 ya en los tiempos del país en democracia. Ciertamente, no a todos les gusta, pero tampoco muchos han querido cambiarla.

3.

El proceso constituyente chileno apuntaba a ser uno de los cánones para el cambio constitucional profundo. Se originó en una coyuntura histórica hace tres años, tras el estallido social de octubre de 2019 en el que millones exigieron más libertades y el cumplimiento de mayores responsabilidades sociales por parte del Estado. Las inconformidades planteadas abrieron el camino a un proceso constituyente, en el que se esperaba construir un nuevo pacto social; es decir, el cambio constitucional tendría que ser producto de la reflexión, la negociación y la construcción de acuerdos en el ambiente deliberativo propio de una democracia. Para ello, se instaló una comisión de redactores y se convocó a una Convención Constituyente integrada por 155 legisladores electos ex profeso para darle forma a la nueva Constitución y este órgano constituyente realizó un intenso pero polémico trabajo conciliatorio para entregar una propuesta, misma que requería ser sometida a referéndum popular.

4.

El proyecto de nueva Constitución implicaba aspectos clave planteados tras la crisis de 2019, tales como la redefinición de un Estado social y democrático, la incorporación de nuevos derechos económicos y colectivos, la integración pluriétnica de la nación en reivindicación a los derechos indígenas y un énfasis en el cuidado y preservación del medio ambiente, es decir, un modelo de desarrollo sustentable y sostenible. Todos ellos, concepciones irrebatibles. La elección a la Presidencia de la República de Gabriel Boric, uno de los principales actores de hace tres años, presagiaba un mejor resultado.

5.

No obstante, prevalecieron las reservas sobre si los cambios hacia el concepto de plurinacionalidad, el reemplazo del Senado por un órgano consultivo y un Poder Judicial distinto, con menor capacidad para ejercer contrapeso a los otros poderes, no derivarían a contrario sensu al disminuir las garantías y derechos que se quieren propiciar. El cambio propuesto sería demasiado radical. Finalmente, el presidente Boric acató el rechazo, asumiendo el compromiso de buscar un nuevo camino constituyente. Quizá el pretender cambiarlo todo sea el problema, cuando en una sociedad en movimiento suelen prevalecer los cambios graduales y progresivos.

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