Se confrontan México y EU por maíz transgénico

23 de Diciembre de 2024

Zuly Feria

Se confrontan México y EU por maíz transgénico

Zuly Feria

El pasado 13 de febrero, el Gobierno de México publicó en el Diario Oficial un nuevo decreto que abrogó el de diciembre de 2020, en el que se prohíbe que el maíz transgénico se use para el consumo humano y solo se destine a forraje para animales y fines industriales.

La publicación de un segundo decreto que propuso eliminar la fecha límite para prohibir su uso, quedando sujeto a que exista suficiencia en el abasto, confrontó a México y Estados Unidos, por considerar este último una medida insuficiente que cumpla con el Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Este decreto se basa en tres ejes rectores de la política nacional agropecuaria, que son la sustentabilidad que implica tener sistemas de producción más amigables con el medio ambiente y seres vivos; a incrementar la producción por unidad de superficie sobre todo en cultivos básicos; y la inclusión, donde esos sectores de bajos recursos (ejidatarios) y comunidades indígenas deben ser parte integral de un sistema de producción agroalimentario a nivel nacional.

Nuestro país, es el principal importador de maíz estadounidense, pues le compra anualmente al vecino país por casi 17 millones de toneladas del grano genéticamente modificado, principalmente para consumo animal.

Frente a este decreto, Estados Unidos ha exigido a México que le demuestre con argumentos científicos el daño o riesgo que representa el uso de maíz transgénico para consumo humano.

Del contenido del decreto se aprecia que este no atenta al (T-MEC), pues no impide las importaciones, sino únicamente prohíbe internamente que el maíz genéticamente modificado se use para la elaboración de masa, tortillas y harina.

De acuerdo a lo establecido en el capítulo 9, del T-MEC, relativo a medidas sanitarias y fitosanitarias, un país está autorizado a solicitar el razonamiento científico cuando la medida de otro país está restringiendo, o tiene el potencial de restringir el comercio, y cuando la medida no se basa en una norma, directriz o recomendación internacional relevante.

Por ello, Estados Unidos exige a México que demuestre con estudios científicos los daños a la salud, al ambiente y a la biodiversidad que provoca el maíz genéticamente modificado y el glifosato que lo acompaña.

De acuerdo al decreto, debe ser COFEPRIS la instancia que deberá demostrar a Estados Unidos, que el maíz transgénico afecta la salud humana y por ello, legisladores de EU, ya se encuentran en pláticas con esta Institución Mexicana a efecto de demostrar con datos científicos su oposición a permitir que este alimento modificado genéticamente atenta contra la salud de los Mexicanos.

Estados Unidos considera además que este decreto, es violatorio del capítulo 3 del T-MEC referido a las condiciones del comercio agrícola entre los dos países, por lo que se vislumbra que si la diferencia de opiniones entre ambos países no se resuelve, EU podrá ejercer su derecho a través del capítulo del T-MEC, relacionado con la solución de controversias.

Considero que ante un hecho futuro no definido en el decreto sobre la sustitución de las importaciones de maíz a partir de la autosuficiencia alimentaria, EU no tendrá elementos jurídicos suficientes para acreditar que nuestro país vulnera el T-MEC.

Esperemos que las negociaciones entre México y EU sigan su transcurso en un ánimo de respeto a la Política Nacional Agropecuaria, enfocado al cumplimiento de los compromisos internacionales como la Agenda 2030, sin perder de vista que ningún interés particular, de grupo o económico, puede estar por encima de la salud del pueblo de México.