Paciente del IMSS murió por mala praxis de anestesiológo: CNDH

17 de Noviembre de 2024

Paciente del IMSS murió por mala praxis de anestesiológo: CNDH

Una mujer de 36 años fue intervenida para extirparle el útero, sin embargo, el procedimiento la dejó en estado vegetativo y días después murió

Una mujer perdió la vida durante un procedimiento para extirparle el útero a causa de inadecuada atención médica en el Hospital General 51 en Gómez Palacio, Durango, en 2015, reveló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

En una recomendación emitida al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pidió reparación del daño para los familiares de la paciente de 36 años.

Por una mala praxis del anestesiológo, la mujer presentó cierre de los bronquios y cayó en paro cardiaco que derivó en estado vegetativo.

“El 3 de septiembre de 2015 se le practicó a una mujer una histerectomía total abdominal en la que por una mala praxis del anestesiológo, presentó cierre de los bronquios, por lo que cayó en paro cardíaco que se revirtió después de cinco minutos que le ocasionó encefalopatía anoxo isquémica severa e irreversible por la falta total de oxigenación al encéfalo, que le generó un estado vegetativo que prevaleció hasta su desafortunado deceso”, detalló el organismo.

Por lo anterior, el organismo recomendó al IMSS que en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), se repare el daño integralmente a los familiares y que se incluya una compensación, atención psicológica y, en su caso, tanatológica, e inscribirles en el Registro Nacional de Víctimas.

También pide colaborar en la presentación y seguimiento de las quejas y en la integración de las carpetas de investigación por las denuncias que se realicen ante el Ministerio Público de la Federación contra quien resulte responsable.

Acredita violencia obstétrica en Hospital de CDMX

La CNDH acreditó violencia obstétrica hacia una mujer y su recién nacida en el Hospital de Ginecopediatría 3A en la Ciudad de México en abril de 2018, quienes a pesar de haber estado en riesgo, recibieron trato inadecuado por parte del personal médico, aunado a las inconsistencias administrativas en el expediente de ambas.

“La paciente fue inducida a trabajo de parto con “oxitocina” de manera innecesaria con dolor obstétrico, padeció molestias por su condición, lo que hizo saber al personal que la atendía, y a cambio recibió expresiones inapropiadas y trato descortés del personal médico, por lo cual se acreditaron violaciones al derecho de la protección a la salud”, informó la Comisión.

El Hospital también faltó al principio del interés superior de la niñez de la recién nacida, atribuibles a personal médico, señaló.

El IMSS deberá reparar el daño a la madre y su hija, y también deberá dirigir sendas circulares para instruir al personal del hospital que los expedientes clínicos estén debidamente integrados conforme a las legislaciones o nacional e internacional y a las normas oficiales mexicanas correspondientes.

Todo ello, a la par de la capacitación de su personal ante los Consejos de Especialidades Médicas, y designar a un servidor público por cada caso que dé seguimiento al cumplimiento de estas recomendaciones, agregó.EM