Ordena Corte investigar muerte de Mariana Lima

6 de Noviembre de 2024

Ordena Corte investigar muerte de Mariana Lima

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EJECENTRAL

SCJN obliga a Edomex investigar feminicidio

MARÍA IDALIA GÓMEZ

En un fallo histórico, por tratarse del primer caso de feminicidio que se discute en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los ministros de la Primera Sala concedieron por unanimidad el amparo que obliga a las autoridades del Estado de México a reabrir el expediente por el asesinato de Mariana Lima. La relevancia de este caso también radica por la lucha que emprendió la madre de Mariana, Irinea Buendía, desde hace casi cinco años, cuando ocurrió el crimen a manos, presuntamente, de su esposo, un comandante de la Policía Judicial, y tratándose de una entidad que las estadísticas ubican, junto con Chihuahua y Guerrero, como en la que más crímenes y desapariciones de mujeres ocurren.

Mariana Buendía, con 27 años, trabajaba en la agencia de Ministerio Público de Chimalhuacán, estado de México, allí conoció a quien sería su esposo un agente de la Policía Judicial, Julio César Hernández Ballinas, de 45 años con quien se casó en diciembre de 2008, un mes después comenzó a golpearla.

Para el 28 de junio de 2010, apenas cuatro días después de que fuera designado como procurador del Estado de México, Alfredo Castillo Cervantes (ahora también ex comisionado de Michoacán), ocurrió el crimen de Mariana, de quien su esposo aseguró que se había suicidado, a pesar de los golpes que presentaba en la cara y cuerpo, y del pequeño tamaño del clavo en el que supuestamente colgó un cordón macramé de 5 milímetros de grosor, entre otras inconsistencias.

Sin embargo, en septiembre de 2011, en total 15 meses después del crimen, la Procuraduría de Justicia del estado de México confirmó que sí era suicidio y, de acuerdo al expediente, el Ministerio Público le dijo a Irinea Buendía que si tenía testigos del crimen los presentara para poder acusar al policía judicial.

Pero la batalla por justicia no se detuvo y hoy la Corte resolvió el amparo en revisión 554/2013, a partir de un proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

La Procuraduría de Justicia del Estado de México no cumplió con su obligación de investigar la muerte violenta de Mariana Buendía, con 27 años, por lo que no se siguieron los estándares internacionales, nacionales y locales vigentes desde 2008.

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La Primera Sala del máximo órgano de justicia del país determinó las obligaciones de los órganos investigadores, de investigar, con perspectiva de género y sin discriminación, toda muerte violenta de una mujer, para determinar si se trata o no de un feminicidio. El punto central del fallo es que la Procuraduría de Justicia del estado de México no cumplió con su obligación de investigar la muerte violenta de una mujer, siguiendo estándares internacionales, nacionales y locales (en vigencia desde 2008), con perspectiva de género y con base en los derechos humanos a la igualdad y a la no discriminación. Los ministros determinaron que ninguno de esos estándares se respetó, “sino por el contrario, se determinó que en la investigación existieron irregularidades, falencias, omisiones y obstrucciones de justicia, las cuales han impedido que se conozca la verdad de los hechos”. En el expediente, se subraya que “la inacción y la indiferencia estatal ante las denuncias de violencia de género reproducen la violencia que se pretende atacar e implica una discriminación en el derecho de acceso a la justicia”. “La Primera Sala agregó que en los casos de muertes de mujeres se deben preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y se deben hacer las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia. Asimismo, la Sala determinó que se deben investigar, de oficio, las posibles connotaciones discriminatorias por razón de género en un acto de violencia perpetrado contra una mujer”, precisó la Corte.

La Procuraduría de Justicia del estado de México ahora deberá completar la investigación “de manera oportuna, inmediata, seria e imparcial”, llevar a cabo “todas las diligencias necesarias para investigar el caso con perspectiva de género, y para que remueva todos los obstáculos de la anterior averiguación previa”.

Además del crimen, la autoridad deberá indagar “las irregularidades en la investigación del caso que se hayan cometido por los funcionarios públicos y sancionar a los responsables de las mismas”.