¿Qué hace un Colegio de abogados?

31 de Enero de 2025

José Ángel Santiago Ábrego
José Ángel Santiago Ábrego
Licenciado en Derecho por el ITAM y socio de SAI, Derecho & Economía, especializado en litigio administrativo, competencia económica y sectores regulados. Ha sido reconocido por Chambers and Partners Latin America durante nueve años consecutivos y figura en la lista de “Leading individuals” de Legal 500 desde 2019. Es Presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa y consejero del Consejo General de la Abogacía Mexicana. Ha sido profesor de amparo en el ITAM. Esta columna refleja su opinión personal.

¿Qué hace un Colegio de abogados?

José Ángel Santiago Ábrego

El pasado 16 de enero tomé protesta como presidente del Consejo Directivo Nacional de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados, A.C. En el marco de esta función, tendré el honor de presidir, además de los órganos directivos del Colegio, los trabajos de 31 comités de trabajo en el mismo número de especialidades del derecho de empresa, y de encabezar los trabajos de nuestras 10 secciones a lo largo y ancho del país. Pero, ¿qué es un Colegio de abogados y qué hace?

Los colegios de abogados son organizaciones que agrupan a abogadas y abogados para impulsar los intereses del gremio y del país. Porque no debe haber duda: ambos intereses son indisolubles. Y son indisolubles porque el buen ejercicio de la abogacía coadyuva en la consecución de ulteriores finalidades de interés público.

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Primero: una mejor abogacía implica una mayor cultura de la legalidad. Al conocer los gobernados los linderos de lo permitido, conocen, también, dónde inician los derechos de terceros y dónde comienza el interés colectivo. Con ello, se generan los prerrequisitos cognitivos para respetar el derecho ajeno y el bien público.

Segundo: una mejor abogacía implica mejor administración de justicia. Si los practicantes proporcionamos insumos de alta calidad, nuestros juzgadores tienen un conocimiento más preciso de los hechos y acceden a argumentos válidos que ayudan a aplicar el derecho de manera justa y actual. Con ello, podemos aspirar a una sociedad que renuncia cada vez más a hacerse justicia por propia mano, porque confía en sus jueces, reduciendo el caos social causado por la arbitrariedad asociada a la autotutela.

Tercero: una mejor abogacía está en posibilidad de coadyuvar en la emisión de normas válidas y justas. Si se cuenta con el acompañamiento de abogados competentes, se está en una mejor posición para identificar objetivos legítimos, no sólo desde la perspectiva constitucional, sino desde el derecho natural que impone deberes de verdad y justicia. Se puede analizar de mejor manera si las herramientas normativas que pretenden adoptarse son idóneas, necesarias y proporcionales para alcanzar el estado de cosas que se busca. Con ello, se incrementa la probabilidad de que la regulación respete el principio de proscripción de la arbitrariedad, lo que está en interés de todas y todos los que valoramos la libertad y la igualdad como fundamento social. Así pues, el trabajo en favor de una mejor abogacía es, en definitiva, un compromiso con México.

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Ahora bien, si bien un Colegio realiza muy diversas actividades (cuya pormenorización escapa al alcance de esta columna), basta con decir, estimado lector, que todas ellas pueden reconducirse a cualquiera de las siguientes funciones principales: 1) cumplidos los requisitos de acceso, facilitar que los abogados asociados al Colegio presten servicios legales gratuitos a personas que no están en aptitud de costear una asesoría o defensa legal de calidad por encontrarse en una condición de vulnerabilidad (esto previene que terminen siendo víctimas de extorsiones disfrazadas de servicios, realizadas por personas sin escrúpulos); 2) generar oferta académica constante para que los agremiados del Colegio estén actualizados en una multiplicidad de ramas del derecho (lo que contribuye a que los servicios legales sean provistos por personas competentes); 3) cumplir y hacer cumplir, por las vías institucionales reguladas de tal forma que se respete el debido proceso, los deberes éticos de los agremiados frente a sus clientes, frente a sus pares y frente a las autoridades (fomentando que el trato de los abogados frente a sus interlocutores sea siempre digno, con independencia de las diferencias de opinión que puedan llegar a presentarse); 4) proteger a las abogadas y abogados que, con motivo del ejercicio de su profesión, sean indebidamente hostigados o perseguidos por algún servidor público; y 5) velar por el correcto funcionamiento del Estado de Derecho, contribuyendo al buen diseño del andamiaje jurídico y cuidando que las normas y actos de autoridad estén siempre en sintonía con valores fundamentales como la dignidad, la proscripción de la arbitrariedad y el principio democrático.

En definitiva, un Colegio es una institución cuyo interés es que los valores inmanentes al Estado Democrático de Derecho sean respetados y garantizados, con independencia de la agenda política que, de tiempo en tiempo, sea legítimamente instrumentada.

*Esta columna fue hecha con la colaboración de María José Fernández Núñez.