El procedimiento extraordinario de elección del 50% de Jueces de Distrito y Magistrados de Circuito, así como de la totalidad de ministros de la Suprema Corte, ha comenzado, sin importar el cúmulo de suspensiones que se han dictado ordenando lo contrario. En este contexto, comenzamos a observar declinaciones a participar en el proceso e, incluso, renuncias de juzgadores, no obstante que el régimen transitorio de la reforma constitucional prevé que “las personas que se encuentren en funciones en los cargos […] al cierre de la convocatoria que emita el Senado serán incorporadas a los listados para participar en la elección extraordinaria […]”. ¿Por qué?
A mi entender, la respuesta es doble. Por un lado, el proceso de elección está diseñado para que la ciudadanía vote, más que por perfiles idóneos para impartir justicia, por candidatos afines a la corriente política dominante (no es casualidad que en la reforma se prevea, al regular el contenido de la boleta, que “el listado de personas candidatas distinguirá la autoridad postulante […]”). Por el otro, de ser electos, las condiciones en las que habrá de desempeñarse la función jurisdiccional son totalmente adversas a su correcto ejercicio (ya en esta columna hemos apuntado que las potestades amplísimas del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) generarán un efecto amedrentador que hará muy difícil tomar decisiones objetivas).
La carta de renuncia del magistrado Gómez Fierro es un síntoma de este diagnóstico. En ella, sostiene que la Reforma al Poder Judicial es contraria a los valores de la República y a la división de poderes. En otras palabras, a mi parecer la renuncia en realidad denuncia que ya no hay condiciones para impartir justicia en consciencia, con instituciones que garanticen independencia e imparcialidad.
Lee también: Ojo con el internet como actividad estratégica
Recordemos un par de asuntos resueltos por el entonces Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, que nos permitirá ver con mayor resolución la crítica apuntada.
(1) En los juicios de amparo iniciados con motivo de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, Gómez Fierro concedió suspensiones porque las modificaciones se alejaban de un modelo que garantizara, en beneficio de la población en general, la competencia en la generación y el abasto de electricidad a precios competitivos. También observó que la reforma producía daños inminentes e irreparables al medio ambiente, pues fomentaba la producción y el uso de energías convencionales, desincentivando la producción de energías limpias. Así pues, con sus sentencias, detuvo el efecto de una reforma que afectaba fuertemente la confianza legítima de inversionistas con un cambio abrupto de las reglas del juego y que incentivaba que se nos contaminara con gases de efecto invernadero.
(2) En los juicios de amparo iniciados con motivo de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que instauraba el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el entonces juez concedió suspensiones porque obligar a los usuarios a entregar datos biométricos era desproporcionadamente gravoso, particularmente porque el diseño del Padrón no contribuía necesariamente a que las autoridades de seguridad y justicia puedan investigar y perseguir diversos delitos. Con ello, impidió que nos condicionarán a todas y a todos la prestación del servicio de telefonía móvil e internet, a la renuncia de aspectos de la mayor intimidad personal.
Puede interesarte: ¿Pensamiento mágico?
Nótese que, en estas decisiones, Gómez Fierro razonó en consciencia en favor de la sociedad, incluso si estas sentencias atajaban políticas públicas prioritarias políticamente para el gobierno. Y esto es precisamente lo que inhibe la reforma judicial al politizar a los jueces y generar chilling effect a través del TDJ. Si alguien se regodea bajo la idea de que los principales afectados por la reforma son los jueces, piénselo dos veces.
Para mí no hay duda: los afectados, de no corregirse el rumbo en la legislación secundaria, seremos los justiciables, que tendremos personas impartiendo justicia en un contexto que privilegia el favor político y el temor.
* Mi respeto a Juan Pablo Gómez Fierro y a todos los juzgadores que, como él, entienden que la impartición de justicia, en última instancia, es una función para proteger la dignidad de las personas frente al arbitrario, incluso si muchas de ellas, por ideología o política, no lo aprecian, porque la noción de lo correcto no depende del aplauso público.
Sigue leyendo: ¿Quién manda aquí?
** Esta columna se hace en colaboración con María José Fernández Núñez