Oficializan en el DOF regularización de "autos chocolate"

22 de Enero de 2025

Oficializan en el DOF regularización de “autos chocolate”

AMDA autos chocolate

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, 16JUNIO2020.- El gobierno de México anunció este día un acuerdo con Estados Unidos para extender por 30 días más las restricciones de viaje para cruces terrestres no esenciales, esto tras revisar el desarrollo de la propagación de COVID-19 en México y en EE. UU. La imagen muestra la garita Internacional de San Ysidro. FOTO: OMAR MARTÍNEZ /CUARTOSCURO.COM

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Omar Martínez/Omar Martínez

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, 16JUNIO2020.- El gobierno de México anunció este día un acuerdo con Estados Unidos para extender por 30 días más las restricciones de viaje para cruces terrestres no esenciales, esto tras revisar el desarrollo de la propagación de COVID-19 en México y en EE. UU. La imagen muestra la garita Internacional de San Ysidro. FOTO: OMAR MARTÍNEZ /CUARTOSCURO.COM
FOTO: CUARTOSCURO

El decreto publicado en el DOF tiene como objetivo fomentar la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera en 10 entidades

A tres meses de que el presidente Andrés Manuel López Obrador anunciara la regularización de los llamados “autos chocolate”, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto con el que se permite la importación de estos vehículos sin la exigencia de su certificado de origen.

De acuerdo con el Decreto, se tiene como objetivo el fomentar la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera en 10 entidades, en su mayoría del norte del país.

Estas son Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas.

Se determina que aquellos vehículos cuyo Numero de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble en México, Estados Unidos o Canadá, y se clasifiquen en fracciones en determinadas fracciones arancelarias dentro de las 10 entidades antes señaladas, podrán ser importados a México para efectos de regularización.

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Entre las precisiones señaladas en el decreto se indica la estancia en las 10 entidades indicadas, así como el año-modelo del vehículo sea de ocho o más años anteriores a aquel que se realice su importación definitiva.

Además de que el propietario que realice la importación deberá ser una persona física, mayor de edad que resida en las entidades indicadas. A lo que se suma la cobertura de un aprovechamiento por 2 mil 500 pesos.

También se indica que los propietarios de vehículos podrán efectuar sólo una importación definitiva de vehículo.

Sólo se impide la importación de vehículos restringidos o prohibidos para su circulación en el país, así como vehículos de lujo o deportivos con ciertas características o blindados. Así como aquellos que no cumplan con condiciones físico mecánicas o de protección al medio ambiente, con reporte de robo o que estén ligados a algún delito. CJG

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