Un proceso laberíntico

10 de Marzo de 2025

Un proceso laberíntico

La conformación de un partido no es fácil; el proceso exige una serie de requisitos que buscan garantizar que se cuente con un genuino respaldo ciudadano

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Después de cada elección presidencial en nuestro país, las organizaciones ciudadanas pueden aspirar al registro legal como partido político nacional. Sin embargo, el camino para lograrlo es largo, complejo y requiere del cumplimiento de una serie de estrictas condiciones.

Llevar a cabo una veintena de asambleas en 20 entidades del país, o, en su caso, 200 asambleas realizadas en 200 distritos electorales, y que en ambos casos convoquen al menos a 60 mil participantes, son parte de los requisitos mínimos que establece la Ley General de Partidos Políticos (LGPP).

Este camino, que inicia con la presentación de documentos fundamentales como la solicitud de intención para iniciar el procedimiento y la obtención de un respaldo ciudadano significativo, exige un esfuerzo sostenido de al menos un año y medio para cumplir con la serie de exigencias legales y operativas que, desde hace más de 35 años, ha perfeccionado la autoridad electoral en el país.

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En entrevista con ejecentral, Enrique Figueroa Ávila, magistrado electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), explica los detalles de este procedimiento, incluyendo las limitaciones y derechos que adquieren las nuevas organizaciones políticas, así como los mecanismos de fiscalización que implementa el Instituto Nacional Electoral (INE) para garantizar la transparencia y legalidad del proceso.

“Cada seis años, después de la elección presidencial, se abre la posibilidad de constituir partidos políticos nacionales. Es un proceso que exige cumplir un conjunto de requisitos bastante especiales en cuanto a la cantidad de personas y al número de asambleas, que deben desahogarse prácticamente a lo largo de un año y medio”.

Requerimientos indispensables

Una de las obligaciones más destacadas es la realización de asambleas, que pueden ser estatales o distritales. En el primer caso, se deben llevar a cabo 20 asambleas, una por cada entidad federativa, con la participación de al menos tres mil personas en cada una.

La segunda opción consiste en realizar 200 asambleas distritales, con un mínimo de 300 personas. En ambas modalidades, se implica un total mínimo de 60 mil participantes. Además, las organizaciones deben contar con un número de afiliados equivalente al 0.26% del padrón electoral utilizado en la última elección presidencial.

En términos prácticos, explicó Figueroa Ávila, “por lo menos se necesitan alrededor de 260 mil registros para cumplir con el padrón de afiliados de esa nueva fuerza política”.

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La ley establece que todas las personas que participan en las asambleas deben haber aprobado la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos. Además, en cada asamblea se deben nombrar delegados “que, en su momento, van a participar en una asamblea nacional precisamente para refrendar la aprobación de la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos”.

De acuerdo con el magistrado decano de la Sala Regional de Xalapa del TEPJF, estas afiliaciones deben ser verificadas y validadas por el INE, a través de mecanismos que le permiten identificar y evitar registros duplicados, afiliaciones de personas fallecidas o ciudadanos que pertenezcan simultáneamente a más de un partido, prácticas en las que han incurrido algunas organizaciones aspirantes.

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“El Instituto Nacional Electoral ha fortalecido y construído una infraestructura que permite garantizar que quienes se registran a estas nuevas fuerzas políticas no sean personas que se encuentren registradas simultáneamente en otro partido político o que intenten estar integrados a otra organización de ciudadanos en dos o tres ocasiones, y tiene la capacidad de detectar los casos de personas fallecidas”.

En ese sentido, el profesor en la Facultad de Derecho de la UNAM refirió que el órgano electoral depura sus bases de datos con base en la información que por obligación deben aclarar periódicamente los registros civiles del país sobre el fallecimiento de las personas, mientras que los jueces penales hacen lo propio respecto al registro de personas sentenciadas, que, en su caso, estén restringidas en el ejercicio de sus derechos políticos electorales.

Dinero bajo lupa

Uno de los aspectos clave en el proceso de conformación de un partido político es la fiscalización de sus recursos. La Unidad Técnica de Fiscalización del INE supervisa de manera mensual y “muy estricta” las fuentes de financiamiento de estas organizaciones, asegurando que el origen y gasto de los recursos sean exclusivamente de aportaciones privadas permitidas por la ley.

“Todo esto debe ser a través del sistema bancario, que permite un cruce de información con las autoridades hacendarias, donde lo que se busca evitar es que haya dineros de procedencia ilícita o desconocida, o financiamientos de fuentes no permitidas por la ley, como pueden ser, por ejemplo, financiamiento de sindicatos, de partidos políticos extranjeros, de empresas mercantiles o del gobierno”.

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El financiamiento de las organizaciones debe provenir exclusivamente de militantes o simpatizantes, y todas las transacciones deben realizarse a través del sistema bancario para garantizar la transparencia.

Para el proceso 2025-2026, el INE estableció un límite de 19 millones de pesos para las aportaciones de militantes. Esto significa, aquellas personas afiliadas a la organización, y alrededor de cinco millones en el caso de aportaciones de simpatizantes, es decir, de las personas que empatizan con la actividad e ideología de una determinada organización.

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“Son cifras, en principio, bastante importantes, pero todo este financiamiento debe provenir necesariamente de las cuotas que van a aportar esos militantes o simpatizantes y, de los cuales, necesariamente todo debe quedar registrado e ingresar por el sistema bancario nacional. Y por supuesto, esto implica el cruce de información con el Servicio de Administración Tributaria”, aclaró el doctor en Derecho.

Limitaciones

Una vez que una organización ciudadana obtiene el registro como partido político nacional, adquiere ciertos derechos, pero también enfrenta limitaciones, especialmente en su primera participación electoral. Por ejemplo, el hecho de que los partidos nuevos no pueden formar coaliciones con otras fuerzas políticas en su primera elección, lo que les obliga a competir de manera independiente y demostrar que cuentan con un verdadero respaldo ciudadano.

El primer reto electoral de estos partidos, el cual se aplica en todos los procesos electorales y para todas las fuerzas políticas, recae en obtener al menos el 3% de la votación emitida en la elección intermedia siguiente a su registro, ya que este porcentaje es el umbral mínimo para conservar su estatus legal. De no alcanzarlo, el partido perderá su registro y será eliminado del sistema de partidos nacionales.

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Además del incumplimiento de requisitos como la afiliación mínima o la realización de asambleas, el magistrado precisó que existen otras razones por las cuales un partido puede ver negado su registro. Entre ellas se incluye la recepción de financiamiento prohibido, la promoción de actividades ilícitas o la incitación a la desobediencia de la ley, que son causales para que el INE rechace una solicitud o cancele el registro de un partido existente.

“Si se detecta que una organización de ciudadanos invita a la ciudadanía a no cumplir la ley, a incurrir en apología del delito, a realizar actividades que quebranten el orden jurídico, también esto puede afectar la solicitud de registro. Es decir, se trata de que cumplan los requisitos en un ambiente que respete nuestro orden jurídico”.

Pluralismo democrático

El magistrado electoral aseguró que los lineamientos impuestos por el INE garantizan de “una manera muy inteligente”, que nuestro sistema electoral cada tres años ponga a prueba los registros de todos los partidos políticos, tanto los nuevos como los preexistentes, “y también se depura y evita que haya partidos políticos que realmente no sean representativos del pensamiento de una parte de la población mexicana”.

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Al respecto, el jurista destacó que nuestro sistema electoral está diseñado para fomentar el pluralismo y la representación democrática, por lo que la conformación de nuevos partidos políticos permite que diversas corrientes ideológicas y grupos ciudadanos tengan la oportunidad de participar en la vida política del país.

“El pluralismo, la tolerancia y la existencia de otras fuerzas políticas abona en la construcción democrática y de la representación democrática… De eso se trata, de abrir canales de participación política. Y por supuesto que las nuevas fuerzas políticas que, en su caso, pudieran alcanzar un registro, sean fuerzas políticas que alcanzaron ese registro cumpliendo la ley y que, por supuesto, van a eventualmente poder participar en la elección de 2027”.