SAT aplicará multas a quienes no cumplan este requisito antes de 2025
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que impondrá multas de hasta 11 mil 540 pesos a los contribuyentes que no cumplan con esta obligación fiscal
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que impondrá multas de hasta 11,540 pesos a los contribuyentes que no activen su Buzón Tributario antes del 1 de enero de 2025. Esta medida tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y mejorar la comunicación entre el SAT y los ciudadanos mexicanos.
¿Qué es el Buzón Tributario del SAT?
El Buzón Tributario es una herramienta digital esencial que permite la interacción directa entre el SAT y los contribuyentes. A través de este servicio, es posible realizar trámites, enviar documentación, atender requerimientos y resolver dudas fiscales. Para evitar sanciones, es fundamental activar el Buzón Tributario y mantenerlo actualizado con información correcta y vigente.
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Según el Código Fiscal de la Federación, los artículos 86-C y 86-D indican que la falta de activación o actualización del Buzón Tributario puede generar multas que van desde 3,850 hasta 11,540 pesos.
Extensión del plazo para activar el Buzón Tributario
Inicialmente, el SAT había establecido el 1 de enero de 2024 como fecha límite para activar el Buzón Tributario. Sin embargo, se otorgó una prórroga hasta el 1 de enero de 2025, según lo dispuesto en el artículo transitorio cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 y sus anexos, publicada el 29 de diciembre de 2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Consecuencias por no habilitar el Buzón Tributario
El SAT ha advertido que no habilitar el Buzón Tributario o proporcionar medios de contacto erróneos puede interpretarse como oposición a las notificaciones. En estos casos, las autoridades fiscales tienen la facultad de realizar notificaciones por otros medios, como estrados, según lo estipulado en el artículo 134, fracción III del Código Fiscal de la Federación. Esta omisión también se considera una conducta infractora.
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¿Quiénes deben activar el Buzón Tributario?
El SAT ha especificado los contribuyentes obligados a habilitar su Buzón Tributario:
- Personas físicas con ingresos anuales menores a 400,000 pesos provenientes de sueldos, salarios o asimilados a salarios.
- Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con situación fiscal suspendida.
- Personas morales registradas como suspendidas ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Recomendaciones del SAT para los contribuyentes
El SAT recomienda a todos los contribuyentes habilitar y actualizar su Buzón Tributario lo antes posible para evitar multas y garantizar una comunicación eficiente con la autoridad fiscal. Además, subraya la importancia de registrar datos de contacto válidos para asegurar que las notificaciones fiscales lleguen de manera correcta.
Cumplir con esta obligación no solo evitará multas, sino que también facilitará la gestión de trámites fiscales y la resolución de dudas tributarias.