¿La banqueta forma parte de tu propiedad? Esto dice la ley

29 de Enero de 2025

¿La banqueta forma parte de tu propiedad? Esto dice la ley

¿Tienes un vecino que piensa que la banqueta forma parte de su propiedad? Aquí te explicamos qué dice la ley y si hay una multa por obstrucción

Banquetas

Las banquetas están destinadas para la circulación o permanencia de los peatones

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Foto: @SOBSECDMX

Las banquetas están destinadas para la circulación o permanencia de los peatones
Foto: @SOBSECDMX

Una de las prácticas más comunes en México es la alteración o modificación a las banquetas, ya sea que las utilicen para actividades comerciales, como aquellos restaurantes que colocan mesas o que propietarios de viviendas construyan rampas, extiendan su propiedad, entre otros ejemplos.

No falta la persona que decide utilizar la banqueta como extensión para su casa o negocio, lo cual por supuesto invade y afecta la movilidad para los peatones que terminan por caminar por la calle y ponen en riesgo su seguridad.

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Si alguna vez te has preguntado si la banqueta frente a tu casa forma parte de tu propiedad, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) aclaró cualquier duda con la Norma Oficial Mexicana de Espacios Públicos que publicó.

A continuación, te decimos qué establece la ley sobre las banquetas que forman parte del nuestro entorno urbano y el espacio público.

¿Propiedad pública o privada?

Hay que entender que las banquetas forman parte del espacio público, ya que están destinadas para la circulación o permanencia de los peatones, por tanto, deben estar libres de cualquier obstáculo.

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A esto se suma que todas las esquinas deberían contar con un desvanecimiento, es decir, una rampa peatonal que garantice la accesibilidad del peatón, las cuales tampoco deben ser obstruidas por vehículos.

La Norma Oficial Mexicana publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) precisa que las aceras también tienen una elevación con respecto al arroyo vial.

Una vez aclarado que no forman parte de la propiedad privada, los propietarios de viviendas, edificios o negocios deben entender que las banquetas le pertenecen al municipio, alcaldía o entidad responsable de la infraestructura urbana.

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Las banquetas forman parte del espacio público, por tanto no son una extensión de la propiedad privada / Foto: @AlcaldiaAO

Por tanto, aunque estén ubicadas frente a tu predio, su mantenimiento, así como uso está regulado por autoridades locales. En caso de una modificación es necesario contar con permiso.

Aunque los dueños de las viviendas pueden barrer o mantener limpio el entorno, no pueden adueñarse de las banquetas ni modificarlas o colocar objetos que obstruyan la movilidad de los transeúntes.

¿Puedo denunciar la obstrucción de banquetas?

Cualquier peatón o vecino puede presentar una denuncia cuando se invade u obstruye una banqueta, e incluso si se encuentra en mal estado.

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La queja se puede presentar en el Centro de Servicios de Atención Ciudadana (CESAC) de tu alcaldía, en el caso de la Ciudad de México, con el fin de que las autoridades retiren aquello que afecta la vía pública.

Es necesario contar con un permiso para realizar cualquier construcción o incluso instalar un puesto, de lo contrario hay multas que van desde lo económico o la clausura de la obra, como lo es una cochera que sale de los límites de la propiedad, colocar un altar o hasta una jardinera.

Las multas van desde los 50 hasta 800 veces la Unidad de Medica y Actualización (UMA), es decir, podrías pagar desde 5 mil 187 pesos hasta 82 mil 902 pesos por invadir una banqueta.

(DE)