Gobierno de la CDMX anuncia modernización catastral: ¿Quiénes deben cumplir con la nueva declaración?

21 de Febrero de 2025

Gobierno de la CDMX anuncia modernización catastral: ¿Quiénes deben cumplir con la nueva declaración?

Una de las medidas más relevantes dentro de este plan es la Declaración Informativa de Actualización y Estadística Catastral, un nuevo requisito que solo aplicará a ciertos propietarios

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Foto: Cuartoscuro | Modernización Catastral

El Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, presentó un ambicioso proyecto para modernizar el catastro capitalino. Bajo el nombre ABCD de la Modernización Catastral, esta iniciativa busca actualizar y proteger la información de los inmuebles, además de facilitar trámites mediante la digitalización.

Sin embargo, una de las medidas más relevantes dentro de este plan es la Declaración Informativa de Actualización y Estadística Catastral, un nuevo requisito que solo aplicará a cierto grupo de propietarios.

¿En qué consiste la modernización catastral?

El proyecto de modernización se basa en cuatro ejes fundamentales, representados en el acrónimo ABCD:

  • Actualizar la información geográfica del catastro para mejorar la precisión de las mediciones.
  • Blindar la seguridad de los datos, evitando inconsistencias o alteraciones.
  • Contribuir al desarrollo urbano con información más confiable y eficiente.
  • Digitalizar procesos y trámites, facilitando la gestión de la información y optimizando la recaudación de contribuciones.

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Con este esfuerzo, la Ciudad de México busca convertirse en un referente en la implementación de tecnología para la administración pública.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Catastral?

Si bien la modernización impactará a todos los ciudadanos de manera indirecta, la Declaración Informativa de Actualización y Estadística Catastral solo aplica a un sector específico de propietarios.

¿Quiénes están obligados?

  1. Propietarios de inmuebles cuyo valor catastral supere los $4,524,974 pesos.
  2. Aquellos clasificados en los rangos L, M, N, O y P de la tarifa establecida en el Código Fiscal de la CDMX.

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Esta declaración es de carácter anual y debe presentarse a más tardar el 30 de junio de cada año.

¿Quiénes NO están obligados?

🔸 Propiedades con un valor catastral menor a $4.5 millones de pesos.

🔸 Dueños de inmuebles que no pertenezcan a los rangos mencionados.

¿Para qué sirve la Declaración Informativa?

El objetivo de este nuevo requisito es mantener actualizada la información catastral y facilitar la planeación urbana. Además, ayuda a garantizar una recaudación más equitativa y eficiente de impuestos prediales.

Es importante destacar que los propietarios pueden decidir si desean o no compartir información sobre la ocupación de sus inmuebles. Esto permite un margen de privacidad dentro del proceso.

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Mala calidad del aire en la Ciudad. / Victoria Valtierra Ruvalcaba

Claves de la Modernización catastral:

1. ¿Dónde se presenta la declaración catastral?
Se debe realizar a través del portal de la Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX o en oficinas de catastro.

2. ¿Qué pasa si no se presenta la declaración?
El incumplimiento podría derivar en sanciones o multas por omisión de información.

3. ¿Afecta esta medida a todos los ciudadanos?
No, solo aplica al 3% de los propietarios con inmuebles de alto valor.

4. ¿Este trámite tiene algún costo?
No, la Declaración Informativa no implica un pago adicional, pero sí es un requisito obligatorio.

DJ