¿Funcionarios podrán promover la elección judicial? TEPJF analiza revocar acuerdo del INE
El Tribunal Electoral podría revocar nuevamente un acuerdo del INE, que establece que ese órgano es el único facultado para promover la próxima elección judicial

El magistrado Felipe de la Mata señala que la Constitución no prohíbe a los funcionarios promover la elección judicial del 1 de junio
/Daniel Augusto/ Cuartoscuro
El magistrado Felipe de la Mata propuso a sus pares del Tribunal Electoral (TEPJF) revertir el acuerdo del INE y permitir que funcionarios, como la presidenta Claudia Sheinbaum, puedan promover la próxima elección judicial.
En el proyecto del magistrado De la Mata -que se podría votar este mismo miércoles y necesita el voto de tres de cinco magistrados para ser avalado-, se informa que se recibieron 39 recursos de impugnación contra la decisión del INE, entre ellas del propio Poder Ejecutivo.
Las impugnaciones buscan que la Sala Superior revoque la determinación del Consejo General del INE respecto a que es la única autoridad que puede realizar actividades tendientes a la promoción del voto y de la participación ciudadana en el próximo proceso electoral.
De la Mata apunta que “dichas restricciones no están previstas expresamente en la ley y son contrarias a lo establecido por la Constitución”.
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INE no tiene atribuciones exclusivas para difundir elección judicial: magistrado
El proyecto señala que “el INE no cuenta expresamente con atribuciones exclusivas y/o excluyentes para la promoción o difusión en exclusiva del ejercicio o de la participación ciudadana”.
Ante ello, consideró que el INE aplica indebidamente la figura de la supletoriedad, que establece que, en caso de ausencia de disposición expresa, se aplicará supletoriamente lo dispuesto para los procesos electorales dentro de la Ley Electoral y de facto integra la norma para prohibir la promoción de los procesos electorales vinculados con cargos judiciales por parte de las autoridades e instituciones públicas.
El magistrado considera que “si los Poderes de la Unión tienen una participación activa en todo el desarrollo de este proceso, es natural que puedan promover el voto y la participación de la ciudadanía, siempre que no se rebasen los límites establecidos en la Constitución y en la Ley”.
En ese sentido, recordó que “en su momento los propios Poderes de la Unión llamaron a la ciudadanía a participar e inscribirse a sus convocatorias; es decir, ya han difundido la participación ciudadana en este proceso electoral extraordinario, sin que se haya considerado una vulneración a los principios de neutralidad e imparcialidad”.
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¿Qué es lo que podrán difundir funcionarios sobre elección judicial?
El proyecto precisa que esto no implica que los funcionarios puedan difundir cualquier tipo de información o hacer pronunciamientos a favor o contra alguna candidatura.
“Los recursos públicos se deben aplicar con imparcialidad sin influir en la equidad de la competencia”, señaló, con base en lo que ya está plasmado en la Constitución a partir de la reforma judicial.
Además, la propaganda deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.
Mientras que las personas servidoras públicas no pueden realizar actos de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna.
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“Queda prohibido el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda a favor o en contra de candidatura alguna relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial”, anotó.
“De lo anterior se advierte que no existe una prohibición absoluta de difundir y promover el proceso electoral a los Poderes de la Unión”, indica el magistrado.