Elección judicial 2025: INE pone reglas como prohibir espectaculares y no usar recursos privados de terceros
El INE establece nuevas reglas para la elección judicial del 1 de junio, incluyendo infracciones y procedimientos sancionadores para candidatos a jueces, magistrados y ministros de la Corte
A menos de seis meses para que se lleve a cabo la primera elección judicial en México, el Instituto Nacional Electoral (INE), está estableciendo las reglas para quienes serán candidatos a jueces, magistrados, ministros de la Corte o aspiran a ocupar un lugar en el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial.
El jueves por la noche, el INE aprobó emitir el catálogo de infracciones, las reglas procesales y de actuación en el trámite de procedimientos sancionadores.
Con lo que busca dar certeza a las personas que participen en la elección de personas juzgadoras, así como determinar las conductas que constituyen infracciones de las personas aspirantes y candidatas.
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Asimismo, define las conductas sancionables de los partidos políticos, las y los servidores públicos, la ciudadanía, las personas dirigentes y afiliadas a partidos políticos o, en su caso, de cualquier persona observadora electoral, física o jurídica, así como concesionarios de radio y televisión.
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— @INEMexico (@INEMexico) January 24, 2025
¿Qué está prohibido y qué está permitido para la elección judicial 2025?
El INE estableció que los candidatos pueden ser denunciados por actos anticipados de campaña, como ocurre en cualquier elección federal.
Y es que las personas candidatas o aspirantes tienen prohibido realizar actos de campaña previo al periodo establecido.
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Además, queda prohibido usar dinero privado. Es decir que los candidatos solo podrán usar sus propios recursos y de nadie más.
Tres días antes de la elección habrá un periodo de veda, que los candidatos deberán respetar, como en una elección federal.
También constituye una infracción cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especio o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio.
En tanto, los partidos tienen prohibido la realización de actos de proselitismo o posicionarse a favor en contra de alguna candidatura o contratar encuestas o sondeos.
Los funcionarios tampoco podrán participar en actos de proselitismo de manera activa en horas y días laborales ni manifestarse públicamente sobre alguna candidatura.
Se incluyó también la prohibición para organizar foros por parte de dependencias o entidades responsables de la ejecución de programas que impliquen la entrega de un beneficio social directo a la población.
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A su vez, la Comisión de Fiscalización del INE aprobó los lineamientos que deberán seguir los candidatos a cargos del Poder Judicial.
En estos se prohíbe contratar espectaculares, tiempos en radio y TV, así como espacios publicitarios en medios y redes sociales.
Tal como ya lo dice la misma reforma judicial, no se permitirá el uso de recursos privados provenientes de terceros, ni recursos públicos de ningún orden de gobierno.
Los topes de campaña saldarán 15 días antes del inicio de campaña, el 28 de marzo.
Pero fuentes del INE apuntan que el tope de gastos de campaña para los candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) oscilaría entre el millón y hasta 3 millones de pesos por candidato.
Está prohibido que los aspirantes o candidatos difundan encuestas o sondeos antes de que se publiquen en un medio de comunicación; si es el caso será considerado como gasto de campaña.
En la campaña, los candidatos pueden usar sus redes sociales para promocionarse, pero no pueden contratar pautado publicitario.
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Está permitida la propaganda impresa, producción, edición de imágenes, y spots o promocionales para redes sociales.
Mientras que no se pueden pagar ni bardas ni espectaculares para hacer proselitismo.
GSB.