Elección judicial 2025: Comité del PJ no acata orden del TEPJF y urge definición a la Corte
El Comité de Evaluación del Poder Judicial señaló que existe una contradicción entre lo ordenado por un juez para suspender el proceso y lo resuelto por el Tribunal Electoral que le pide que este continúe.
Aunque tenía 24 horas para acatar la sentencia del Tribunal Electoral y reponer el proceso de selección de aspirantes al Poder Judicial, el Comité de Evaluación del PJ decidió esperar hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se lo ordene.
Y es que existen dos resoluciones contradictorias: la Corte resolvió el 13 de enero que dicho comité debía respetar la suspensión emitida por un juez federal, mientras que el miércoles, la sala superior del TEPJF señaló que dicho juzgador es incompetente y no puede frenar la elección judicial del 1 de junio, que es ya un mandato de la Constitución.
El Comité de Evaluación del Poder Judicial recibió el jueves la notificación del TEPJF y advirtió que lo resuelto “es una contradicción de criterio con el juez que había determinado la suspensión provisional del proceso”. Frente a ello, “resolvió solicitar al pleno de la SCJN una definición en torno a este tema”.
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En la resolución del Tribunal se daba un plazo de un día para reponer el proceso, lo cual no ocurrió, pues este esperará a que la Corte aborde la “contradicción” y le diga qué hacer. En la última discusión al respecto, prevaleció la opinión de 6 ministros, contra 4, en torno a mantener suspendido el proceso.
El Comité de Evaluación del PJ se resiste a dar entrevistas a medios de comunicación, para explicar con más detalle el por qué decidió no atender la orden del TEPJF, que según los propios magistrados es “inatacable”.
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El proyecto aprobado por votos de 3 magistrados, contra 2 que lo rechazaron, precisa que en caso de desacato de la sentencia del TEPJF, los integrantes del Comité de Evaluación del Poder Judicial se enfrentarían a un arresto de hasta 36 horas, multas de hasta 565 mil pesos, equivalentes a cinco veces la Unidad de Medida y Actualización, así como la posibilidad de que se pida auxilio de la fuerza pública para cumplir la sentencia, según las medidas de apremio del artículo 32 de la Ley General del sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Al TEPJF se le solicitó también una postura en torno qué haría ante el desacato, pero no hay una definición clara hasta las 18 horas de este jueves.
Todo esto ocurre mientras siguen corriendo los plazos establecidos por la reforma judicial, que apuntan que los tres comités (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) deben entregar las listas de candidatos a principios de febrero al Senado, para que este a su vez se las entregue al INE y este plasme los nombres en las boletas.
Grave acto violatorio, acusa la Jufed al TEPJF por ir contra juez
En paralelo, este mismo jueves, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) calificó como un “grave acto violatorio a la independencia judicial” las medidas acordadas por la sala superior del TEPJF, contra el juez primero de distrito con sede en Michoacán, Sergio Santamaría Chamú.
Y es que el Tribunal decidió interponer una denuncia contra el juzgador ante la Fiscalía General de la República, acusándolo de un posible delito contra la administración de justicia.
“No podemos obedecer órdenes de autoridades incompetentes y menores”, zanjó la presidenta del Tribunal, Mónica Soto, autora del proyecto.
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El magistrado Felipe de la Mata Pizaña observó que hay una “vulneración directa a la Constitución porque la elección judicial está prevista constitucionalmente y no admite una suspensión”.
Mientras que el magistrado Felipe Fuentes acusó que al juez de estar actuando “fuera de su competencia y cuestionado la legitimidad del órgano reformador de la Constitución” (el Congreso), que aprobó la reforma judicial el año pasado.