¿El fin de la herencia política?

19 de Febrero de 2025

¿El fin de la herencia política?

Aunque la reforma busca evitar el dominio prolongado de grupos políticos, analistas señalan omisiones que podrían afectar la representatividad y el desarrollo institucional

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Reestablecer el principio democrático de no reelección para ningún puesto de elección popular y acabar con los influyentismos y el nepotismo se encumbraron, desde el periodo de campaña, entre los 100 compromisos del Segundo Piso de la Cuarta Transformación.

Ni presidentes municipales, ni senadores, ni diputados. Impulsaremos la prohibición de suceder a un familiar directo en los cargos de elección popular, no al nepotismo (…) Encabezaremos un gobierno honesto, honrado, sin influyentismos ni nepotismos, corrupción o impunidad”, refrendó Claudia Sheinbaum Pardo, en su primer día como presidenta de México.

Dicho compromiso hoy avanza hacia una realidad. El 5 de febrero pasado, en el marco del aniversario de la Constitución de 1917, la mandataria confirmó el envío al Congreso de la Unión de su iniciativa de reforma en materia de no reelección y “nepotismo electoral”.

Al reiterar que “nuestra lucha por la democracia y contra cualquier forma de corrupción son un asunto de principios”, la propuesta de la presidenta plantea modificaciones en los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de nuestra Carta Magna.

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Según la exposición de motivos de la iniciativa, que ha generado diversas reacciones en contra y a favor de actores de todas las fuerzas políticas, sus principales objetivos buscan: prohibir la reelección inmediata para diputados federales, senadores, presidentes municipales, regidores, síndicos, alcaldes y gobernadores.

A esto se suma impedir el nepotismo electoral, un concepto no previsto en la Constitución ni cualquier otra forma de nepotismo, al establecer que ninguna persona podrá contender por un cargo de elección popular si tiene parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, es decir, los lazos de sangre que consideran: padres e hijos, hermanos y abuelos, tíos y sobrinos, así como primos hermanos.

El texto también señala que no podrán contender en los casos con parentesco por consanguinidad o afinidad con la persona que actualmente ocupa el cargo, el cual abarca los vínculos con el cónyuge o pareja en concubinato, suegros(as), yernos, nueras y cuñados(as).

Si bien la reforma busca fortalecer la democracia, al evitar el acaparamiento del poder y fomentar el surgimiento y conformación de nuevos liderazgos en el país, especialistas en el tema señalan que la iniciativa deja vacíos y omisiones que ameritarían modificaciones y una legislación secundaria si en realidad se busca combatir de fondo las redes del nepotismo.

Herencia del poder

La iniciativa de la presidenta Sheinbaum busca poner fin a la figura de la relección inmediata, lo que se preveía desde la promulgación de la Constitución de 1917 como uno de los ideales y exigencias forjados en la época de la Revolución Mexicana.

Sin embargo, a la fecha la reelección en ciertos cargos públicos ha encontrado cabida tanto en el texto constitucional como en nuestro sistema político, lo que es percibido en la propuesta de reforma como un obstáculo para el pluralismo político y la alternancia en el poder.

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CIUDAD DE MÉXICO, 10DICIEMBRE2024.- Claudia Sheinbaum, presidenta constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, encabezó la conferencia del Pueblo realizada en Palacio Nacional. FOTO: GRACIELA LÓPEZ/CUARTOSCURO.COM / Foto: Cuartoscuro Graciela López Herrera

La prohibición de la reelección consistirá en que las personas que hayan obtenido un cargo de elección popular no podrán ser reelectas para el período inmediato posterior, es decir, no podrán participar como candidatas para el mismo cargo que están ejerciendo”, se indica en el proyecto. También indica que la reelección inmediata ha favorecido la permanencia de élites políticas en el poder, además de generar ventajas desproporcionadas para quienes buscan mantenerse en el cargo. La medida es percibida como una apertura para nuevos liderazgos políticos.

“La propuesta va encaminada a la apertura, a que gente nueva que salga, si quieren, de sus filas de partido, que a lo mejor estuvo por años ha trabajado en los partidos, pero que está en campañas, que sale a la calle, pero que no sea el primo, el sobrino, el hijo, el esposo, la concubina”, señaló Sonia Juárez Moreno, maestra en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Para la catedrática en la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, la propuesta puede beneficiar para la conformación de nuevos cuadros políticos, ya que tanto en la Cámara de diputados como la de senadores, la supuesta alternancia se da sólo con el cambio de partido, pero sin dar lugar a la participación de nuevos actores.


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En ese mismo sentido, el proyecto de reforma sostiene que el evitar el nepotismo en los cargos de elección popular se contribuye a la lucha contra la corrupción, la impunidad, el tráfico de influencias y los abusos en la toma de decisiones que impactan en la sociedad. Sin embargo, para diversos especialistas dicha medida debería ampliarse más allá de las esferas políticas o legislativas, al tratarse de un fenómeno arraigado en ámbitos tan diversos como el laboral, educativo y profesional.

Hay muchos tipos de nepotismo. En el ámbito laboral también puede estar encaminado en el político y se va al laboral: te voy a recomendar en el ámbito laboral, pero desde mi posición como político. Obviamente afecta la competencia, pues los que no llegan recomendados van a quedar fuera”, destacó la académica.

Medida injusta

La iniciativa por erradicar la reelección y el nepotismo ha generado reacciones en contra. Tal es el caso de la postura de Néstor Camarillo Medina, dirigente del PRI en Puebla, quien aseguró que la prohibición de la reelección atenta con el derecho de los ciudadanos mexicanos de votar y ser votado, por lo que públicamente la calificó de injusta.

Yo fui hijo de un expresidente municipal y pues tengo una aspiración, una preparación, pero no porque mi papá haya estado en el cargo yo no puedo participar. Entonces, creo que, de manera injusta a muchas buenas intenciones de jóvenes, de mujeres, pero lástima que te cataloguen o te etiqueten como la esposa de, el hijo de, o el hermano de”, lamentó el actual senador de la República, al asegurar que no tiene a otros familiares involucrados en la política.

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Foto: X (@NestorCamarillo)

Al respecto, la investigadora Sonia Juárez recordó que la restricción para participar en una reelección no está estipulada como un acto violatorio de ningún derecho autónomo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Tenemos que aprender a dar pauta a gente nueva, a políticas nuevas”.

El texto de la iniciativa sostiene en 
el caso del nepotismo se encuentra regulado en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual prevé que todo ciudadano debe tener acceso igualitario a las funciones públicas de su país, y contraviene a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

En dichas disposiciones de carácter convencional no se hace referencia al nepotismo electoral. “Por lo que hace indispensable que nuestra norma fundamental establezca esta prohibición, con la finalidad de que las personas que pretendan acceder a un cargo por elección popular sean por personas que cuentan méritos o capacidades para desempeñarlo”, se indica en la iniciativa.

Deshonrosas excepciones

Uno de los aspectos que llaman la atención de la propuesta encaminada a acabar con la herencia de poder para garantizar que los cargos públicos sean ocupados por los méritos y no por las relaciones familiares o de pareja, es la omisión que hace en varios rubros de la administración pública, incluyendo al Poder Judicial.

Según el decreto de reforma del Poder Judicial, publicado el 15 de septiembre de 2024, está permitida la reelección de magistradas, magistrados, juezas y jueces, tanto federales como locales mediante criterios distintos a los de elección popular, bajo el argumento de que se tratan de cargos que requieren especialización y continuidad.

La iniciativa “no toca las redes más intensas de corrupción, por ejemplo, el Poder Judicial no lo toca, hace cero alusiones, y sabemos que es insuficiente la ley de servicio civil de carrera de la administración pública y tampoco la toca”, subrayó Marcos Zaid Bravo Carrillo, catedrático de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Acatlán de la UNAM.

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Para el académico y consultor jurídico, la omisión que se hace en la iniciativa de no incluir al Poder Judicial, administraciones públicas locales, así como órganos autónomos como el Instituto Federal de Telecomunicaciones, el Inegi, o el propio INE, que en su mayoría carecen de un servicio profesional de carrera, debería ameritar cambios en la base normativa.

Al considerar que tampoco la propuesta incluye alguna disposición para eliminar la circunscripción plurinominal del sistema de representación, Bravo Carrillo enfatizó la necesidad de contar con una legislación secundaria, ante la falta reglamentación y grado de detalle.

“Debería de complementarse reformando la Ley General de Responsabilidades Administrativas o hacer una ley general de la representación proporcional. Habrá que esperar porque también viene una reforma político-electoral y las únicas señales que ha dado la presidenta es que busca una especie de fórmula Senado, donde se ganen las primeras minorías y en ese sentido sustituir listas de plurinominales”, refirió el especialista en justicia administrativa.

Stand by

La propuesta de reforma establece como “requisito de idoneidad” que la persona candidata a un cargo no tengan o haya tenido en los tres años previos a la elección algún vínculo de matrimonio, concubinato o de pareja, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que ocupa el cargo.

En la perspectiva del profesor Marcos Zaid se trata de una “limitante difusa”, en la que de alguna forma se mantiene la reelección, pero a condición de que termine un periodo de legislatura, de igual manera da pie a la interpretación de que en el tiempo que se cumpla la implicación jurídica, la persona podrá en todo caso participar como diputado o senador suplente.

“Si mi familiar, pareja o la relación de parentesco que exista es legislador no puedo participar, pero una vez que termine esa legislatura vuelvo a participar. Es nada más una especie de stand by para ciertos miembros de la clase política, que no rompe las redes familiares”.

El abogado y académico alertó que la medida podría genera “un vicio” contrario al que busca combatir la reforma, en el sentido de que el incentivo para que el legislador pueda reelegirse es su acercamiento con los electores, y al no poder reelegirse va a depender de su relación con el partido lo que aumentaría su control sobre el legislador.

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“Esto fortalece las dirigencias partidarias de todos los partidos políticos porque tendrán el control de los que pueden elegir la siguiente legislatura, entonces, imposibilita una carrera parlamentaria o legislativa y eso no sé si pueda ser tan positivo”.

Así, Bravo Carrillo se pronunció porque el periodo de participación debería ampliarse a por lo menos de nueve años, que abarcaría tres legislaturas, o 12 en el caso de senadores, que son periodos de seis años, pues aunado a la falta de inclusión de más órganos del Estado mexicano, como el Poder Judicial, difícilmente la reforma cumplirá su objetivo. La propuesta de reforma busca prohibir la reelección inmediata para varios cargos de elección popular, como presidentes municipales y senadores.