Con el inicio de 2025 y la conocida cuesta de enero, se acerca la fecha en la que los contribuyentes deberán presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En México, esta declaración es una obligación fiscal que debe cumplirse de manera correcta y dentro de los plazos establecidos. A continuación, te contamos los detalles clave.
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Declaración anual del SAT 2025
La fecha límite para presentar la declaración anual depende del tipo de contribuyente:
Personas físicas:
El periodo para presentar la declaración anual inicia el 1 de abril y concluye el 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal que se está declarando. Por ejemplo, la declaración correspondiente al año fiscal 2024 debe presentarse entre el 1 y el 30 de abril de 2025.
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Personas morales:
Estas tienen un periodo más amplio, que comienza el 1 de enero y termina el 31 de marzo. Es fundamental respetar estos plazos, ya que presentar la declaración fuera de tiempo puede generar multas y recargos.
#ComunicadoSAT
— SATMX (@SATMX) December 23, 2024
El SAT informa que las personas morales pueden presentar su Declaración Anual 2024 a partir del 1 de enero y hasta el 31 de marzo de 2025, por lo que pone a disposición de los contribuyentes el simulador de Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza, para… pic.twitter.com/lamBbBxR18
¿Quiénes deben presentar la declaración anual?
De acuerdo con el SAT, las siguientes personas están obligadas a declarar:
- Aquellas que obtuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos durante el año.
- Si dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del ejercicio fiscal.
- Quienes recibieron ingresos de dos o más patrones simultáneamente.
- Personas con ingresos adicionales acumulables, como honorarios, arrendamientos o actividades empresariales.
- Personas que recibieron ingresos de empleadores que no están obligados a hacer retenciones, como organismos internacionales.
- Personas exentas de presentar la declaración
Hay casos en los que no es necesario presentar la declaración anual, como:
- Si obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón y este emitió el CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso si superaron los 400 mil pesos.
- Si tus ingresos por salarios se combinaron con intereses nominales que no excedieron los 20 mil pesos.
- Si perteneces al Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y realizas actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, puedes quedar exento, aunque deberás continuar presentando tus declaraciones mensuales.
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Cumplir con esta obligación es esencial para evitar problemas fiscales y garantizar un buen manejo de tus finanzas personales.
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