Niega SCJN suspender acuerdo del INE sobre propaganda

2 de Febrero de 2025

Niega SCJN suspender acuerdo del INE sobre propaganda

La negativa a suspender el acuerdo del INE se produce luego de que la SCJN admitiera a trámite una controversia constitucional promovida por el presidente de San Lázaro

Espectaculares en apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador a unas semanas de realizarse la consulta de revocación de mandato en el Valle de Toluca.

TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 17MARZO2022.- Varios espectaculares y mantas a favor del presidente Andrés Manuel López Obrador previo a realizarse la consulta de revocación de mandato se pueden observar en distintos puntos del Valle de Toluca. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

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Crisanta Espinosa/Crisanta Espinosa

TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 17MARZO2022.- Varios espectaculares y mantas a favor del presidente Andrés Manuel López Obrador previo a realizarse la consulta de revocación de mandato se pueden observar en distintos puntos del Valle de Toluca. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM
FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

El acuerdo con el que Instituto Nacional Electoral ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador retirar propaganda gubernamental en el marco de la revocación de mandato seguirá vigente, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación negará frenar ese ordenamiento.

De acuerdo con Milenio, la negativa de frenar el acuerdo del INE se produce luego de que la Suprema Corte admitiera a trámite la controversia constitucional promovida por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna.

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En la impugnación, Gutiérrez Luna indicó que el INE interpreta el concepto de propaganda gubernamental e impone sanciones al presidente López Obrador y a senadores de Morena sin contar un sustento legal.

Asimismo, indicó que las acciones emprendidas por el INE invaden competencias del Poder Legislativo.

De igual forma, el diputado morenista consideró que las imposición de medidas cautelares viola una resolución de la Corte en cuanto a ordenamientos sancionatorios aplicables para la revocación de mandato. (Con información de Milenio) CJG

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